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Viernes 14 de Febrero de 2025 |
 

Comodato: contrato.

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Agregado: 24 de JULIO de 2015 (Por ) | Palabras: 1419 | Votar | Sin Votos | Sin comentarios | Agregar Comentario
Categoría: Apuntes y Monografías > Derecho >
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    CONTRATO DE COMODATO:

    En ciudad de.............................. a los.............................., el se�or ...................., .............................., con domicilio en la calle.............................., de .................., a partir de ahora el "COMODANTE" facilita al se�or..............................., .............................., con domicilio en la calle.............................., de ............... .........., a partir de ahora el "COMODATARIO", en COMODATO o pr�stamo de uso gratuito, las cosas detalladas en la cl�usula d�cima tercera, que habr�  de regirse de acuerdo a las disposiciones enunciadas en el presente CONTRATO, de conformidad a la normativa vigente en la materia.

    PRIMERA: A todo efecto de car�cter legal, las partes constituyen domicilio en los denunciados en el comienzo de este contrato de COMODATO, y en donde tendr�n lugar las pertinentes notificaciones.

    SEGUNDA: Las partes en el presente aceptan, de com�n acuerdo, la jurisdicci�n de los Tribunales Ordinarios de.............................., con expresa renuncia a todo otro fuero.

    TERCERA: El COMODANTE puede utilizar las cosas objeto del presente en relaci�n a sus propios productos, mientras el COMODATARIO no requiera formalmente tales productos. Cuando ello ocurra, el COMODANTE facturar�  al COMODATARIO la cantidad requerida al precio y condiciones de venta

    vigentes en plaza. El contralor del peso de los productos, en caso de diferencia entre la b�scula del COMODANTE y la del COMODATARIO, se efectuar�, con la conformidad de ambas partes, en una B�scula Municipal, siendo entonces el monto a facturar aquel que se corresponda con el peso resultante de la utilizaci�n de esta.

    CUARTA: El COMODATARIO, deber  utilizar las cosas cedidas en comodato, �nicamente para el destino vertido en las disposiciones del presente, y en relaci�n exclusiva a los productos que el COMODANTE le suministre, quedando terminantemente prohibida su utilizaci�n con respecto a los productos provenientes de terceros. La violaci�n de �sta cl�usula por parte del COMODATARIO, habilita al COMODANTE a exigir la restituci�n inmediata de las cosas prestadas, y la reparaci�n de los da�os y perjuicios causados.

    QUINTA: El COMODATARIO est� obligado a poner toda diligencia en la conservaci�n de las cosas e instalaciones cedidas en comodato, siendo responsable de todo deterioro que estas sufran por su culpa o la de terceros, y por accidente, caso fortuito o fuerza mayor, salvo cuando alguno de los supuestos previstos en esta cl�usula fueran producidos por el accionar del COMODANTE. Si el deterioro es tal, que las cosas e instalaciones prestadas ya no pueden ser empleadas en su uso normal y ordinario, podr�  el COMODANTE exigir el valor anterior de ellas, abandonando su propiedad al COMODATARIO.

    SEXTA: Queda expresamente prohibido al COMODATARIO efectuar reparaciones y/o modificaciones en las referidas cosas prestadas. Todas las reparaciones, mantenimiento y conservaci�n del equipo que fuera necesario practicar, las realizar� el COMODANTE, a trav�s de su personal especializado, salvo en el caso de urgencia, en el que el COMODATARIO queda facultado a efectuar las reparaciones en cuesti�n, dando inmediato aviso de ello al COMODANTE. Las disposiciones de esta cl�usula no obstan a la concreci�n del derecho del COMODANTE establecido por la cl�usula quinta.

    SEPTIMA: El COMODATARIO permitir�, en cada oportunidad en la que le sea requerido por el personal autorizado del COMODANTE, el libre acceso a las dependencias y/o lugares donde se encuentran las cosas, a los efectos de realizar las inspecciones necesarias, e indicar las reparaciones pertinentes que deban efectuarse, con cargos a sus legales responsables. Queda establecido que el COMODANTE s�lo se ocupar� de las reparaciones que por la acci�n normal del tiempo y el buen uso, hubieren de hacerse en las cosas cedidas en comodato, factur�ndose al COMODATARIO toda otra reparaci�n, sin perjuicio de las facultades establecidas por la cl�usula quinta del presente.

    OCTAVA: Las obras civiles de alba�iler�a, suministro de materias primas, montaje, mano de obra, y toda otra que se requiera para el normal y adecuado funcionamiento y utilizaci�n de las cosas, equipos y/o instalaciones prestadas, son por cuenta y responsabilidad del COMODATARIO.

    NOVENA: El plazo de duraci�n del presente contrato de comodato ser� de .............................., prorrogable autom�ticamente por uno o varios per�odos y hasta tanto no sea denunciado por una de las partes, a trav�s de preaviso no inferior a.............................. corridos antes de cada uno de los vencimientos, siendo los plazos asignados perentorios, que se operan por el simple vencimiento de los mismos, sin que sea necesario que medie interpelaci�n judicial o extrajudicial alguna.

    DECIMA: El COMODATARIO deber� restituir las cosas, equipos y/o instalaciones prestadas, una vez concluido el plazo del presente contrato, sin perjuicio de lo establecido en la cl�usula anterior. Sin desmedro de las dem�s previsiones del presente, si llegado el momento en que las cosas deben ser restituidas al COMODANTE, tal restituci�n no se realiza en forma y en los t�rminos acordados, queda convenida como cl�usula penal de funcionamiento autom�tico, el pago por parte del COMODATARIO de la suma de.............................. por d�a de retraso en la efectiva restituci�n.

    UNDECIMA: Si no restituyese las cosas dadas en comodato por haberse perdido estas por su culpa, o por la de sus agentes o dependientes, pagar� al COMODANTE el valor de ella, con m�s los da�os y perjuicios ocasionados. En el caso de no restituirlas por haberlas destruido, incurrir� en el delito de abuso de confianza, y podr�  ser acusado penalmente, sin perjuicio del pago del valor de las mismas, con m�s la indemnizaci�n por los da�os causados.

    DECIMA SEGUNDA: Las cosas prestadas a trav�s del presente contrato de comodato, SON DE PROPIEDAD EXCLUSIVA DEL COMODANTE, con todos los derechos y atribuciones que, normativamente consagrados, le corresponden por su calidad de propietario. En todos los supuestos de convocatoria o contienda judicial de cualquier naturaleza, el COMODATARIO no podr�  hacer figurar las cosas, equipos y/o instalaciones recibidas en virtud del presente contrato, como integrando el activo de su patrimonio social o particular.

    DECIMA TERCERA: El COMODATARIO se obliga, durante todo el transcurso del t�rmino estipulado para la duraci�n del presente contrato a registrar, inscribir, publicitar, informar y advertir por todos los medios id�neos posibles, que dichos bienes no son de su propiedad, y que detenta su uso por su condici�n de COMODATARIO.

    DECIMA CUARTA: El COMODATARIO se compromete a mantener en un perfecto estado de conservaci�n, los medios de individualizaci�n e identificaci�n de los bienes entregados en comodato en los t�rminos del presente (chapas identificatorias, numeraci�n con contralor en los registros pertinentes, etc.), de modo tal que sea de manifiesta claridad con respecto a terceros, la propiedad y posesi�n que el COMODANTE ejerce sobre estos.

    DECIMA QUINTA: El COMODATARIO deber� llevar una registraci�n sistem�tica de las cosas cedidas en comodato a trav�s de inventario, el cual deber� ser confrontado peri�dicamente, y a la sola petici�n del COMODANTE, con los registros llevados por este.

    DECIMA SEXTA: El incumplimiento de las obligaciones establecidas en las disposiciones de las cl�usulas d�cima tercera, d�cima cuarta y d�cima quinta, por parte del COMODATARIO, habilitar� al COMODANTE a considerar resuelto el contrato por culpa de aquel, con m�s los da�os y perjuicios ocasionados por tal incumplimiento.

    DECIMA SEPTIMA: En caso de concurso y/o quiebra del COMODATARIO, el COMODANTE podr�  dar por resuelto y finiquitado este contrato de comodato, sin que el COMODATARIO pueda alegar a su favor y derecho la falta de vencimiento de los plazos contractuales establecidos en las disposiciones del presente, oblig�ndose el COMODATARIO a reintegrar de inmediato las cosas objeto del comodato.

    DECIMA OCTAVA: El COMODATARIO deber� contratar por su cuenta y a su costo un seguro por los siguientes riesgos y coberturas: TERCEROS; ROBO; INCENDIO; DESTRUCCION TOTAL; El COMODATARIO deber� elegir la compa��a de seguros, dentro de una n�mina o lista presentada por el COMODANTE, o solicitar directamente al COMODANTE la elecci�n de la respectiva compa��a, siendo siempre a cargo del COMODATARIO la realizaci�n de la tramitaci�n pertinente.

    La opci�n ser� informada al COMODANTE, con anterioridad a la entrega de las cosas dadas en comodato. Habiendo el COMODATARIO contratado seguro, entregar� la p�liza respectiva al COMODANTE dentro de los.............................. d�as de receptadas las cosas comodatadas, junto con el recibo de pago del total de la prima suscripta.

    DECIMA NOVENA: El COMODATARIO deber� comunicar al COMODANTE la existencia de cualquier siniestro dentro de las.................. horas de producido y correr� por su cuenta la obligaci�n de comunicarlo al asegurador en los plazos establecidos por la p�liza.

    VIGESIMA: En todos los casos en los cuales el asegurador no indemnizare, por cualquier circunstancia, total o parcialmente los importes y gastos correspondientes al siniestro acaecido a las cosas comodatadas, el COMODATARIO ser� responsable �ntegramente de reparar todos los da�os y perjuicios que sufra el COMODANTE, en virtud de las disposiciones de este contrato.

    VIGESIMA PRIMERA: El COMODATARIO se obliga a notificar al COMODANTE dentro de las CUARENTA Y OCHO horas de ocurrido todo acto o hecho susceptible de afectar la situaci�n jur�dica del COMODANTE en su calidad de titular del dominio de las cosas comodatadas, o de generar cualquier responsabilidad a su persona, as� como en relaci�n a todo siniestro que sufran las cosas comodatadas o que pudieran sufrir terceros como consecuencia del uso de las mismas. A todos estos efectos se considerar� �nico responsable al COMODATARIO. En todos los casos en los cuales el COMODATARIO no cumpla con las obligaciones prescriptas en esta cl�usula, el COMODANTE tendr�  derecho a resolver el presente contrato de comodato por responsabilidad del COMODATARIO, con m�s los da�os y perjuicios que tal incumplimiento provocare.

    VIGESIMA SEGUNDA: Las cosas que el COMODANTE cede en calidad de comodato o pr�stamo de uso gratuito al COMODATARIO por intermedio del presente, se detallan a continuaci�n:

    ...................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................

    En prueba de conformidad, se firman dos ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en el lugar y fecha al principio indicados. Se deja constancia que cada parte hace retiro de su ejemplar.

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