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CONTRATO
DE LOCACI�N
Entre..................................................................................................como
parte de la relaci�n locativa, llamado desde ahora en adelante para todos los
efectos del contrato �LOCADOR� y .....................................................................
en lo subsiguiente llamado �LOCATARIO� por la otra, han convenido de mutuo y
dentro de las capacidades legales que les caben, celebrar el presente contrato
de locaci�n, oblig�ndose las partes a observar todas y cada una de las
condiciones aqu� estatuidas y las condiciones que la ley estime convenientes,
como son art. 1493 de C�digo Civil y sus concordantes, la ley 23.091 y dem�s
disposiciones vigentes que hagan a la eficacia y validez del contrato.
CL�USULAS
PRIMERO: CELEBRACI�N DEL
CONTRATO
En calidad de propietario y de acuerdo
a los reg�menes de la ley, el LOCADOR entrega en car�cter de locaci�n y no por
otro t�tulo al LOCATARIO, aceptando �ste en el mismo car�cter, un inmueble
destinado a vivienda familiar (casa/ habitaci�n) sin otro destino que el ya
mencionado.
Se caracteriza al inmueble para no dar
lugar a errores como.......................................
........................................................................................................................................
..................................................................encontr�ndose
ubicado en la calle................
.................................ciudad........................................................-
SEGUNDO: DURACI�N DEL
CONTRATO
El t�rmino de duraci�n de este contrato
es de 2 (a�os) contados a partir del d�a ......................... por lo que
inexorablemente concluir� el d�a ................................. .Vencido el
t�rmino de duraci�n del contrato, el LOCATARIO deber� como una de las
obligaciones asumidas proceder a desocupar el inmueble y restituirlo al
LOCADOR, libre de personas, cosas y deudas que dependen de �l, sin necesidad de
recurrir a la interpelaci�n judicial o extrajudicial. Deber� adem�s restituirlo
en las mismas condiciones de habitabilidad en que fue recibido.
TERCERO: PRECIO-AJUSTE
Se establece como precio de la locaci�n
el importe de U$S.............................. O
$................................ mensuales. Las partes en forma expresa y de
com�n acuerdo manifiestan su voluntad de someter el contrato a las
disposiciones previstas por la ley 23.928, de lo que se deduce que la paridad
entre el $ y el d�lar (U$S) estadounidense regir� este contrato de locaci�n
mientras la relaci�n se mantenga en los mismos t�rminos. Las partes realizan
este acuerdo de absoluta buena fe, art. 1197 C.C., utilizando al d�lar de los
Estados Unidos de Am�rica como moneda de contrato, bas�ndose en la Ley de
Convertibilidad Nro. 23.928 e interpretando la derogaci�n impl�cita del Art.
1ro de la ley 23.091. Asimismo consideran a los efectos del presente, la
opini�n doctrinaria del Dr. Jorge Mosset Iturraspe, entre otros, en su obra �La
Frustraci�n del Contrato�. Santa Fe 1991-P�g. 209. En ning�n caso se realizar�
actualizaci�n monetaria del valor de los alquileres, pero subsidiariamente para
el caso en que se dejara sin efecto la prohibici�n de actualizar������ los importes previsto por la ley 23928,
se deja convenido que el valor de los alquileres se ajustar� mensualmente, y en
forma acumulativa, autom�tica y progresiva. Para realizar el ajuste de valor de
los alquileres, se utilizar� �nica y exclusivamente el Indice (Indice Costo
Vida Cba. y otros) publicado en forma oficial por el INDEC (Instituto Nacional
de Estad�stica y Censos) o el que con el correr del tiempo ocupe el lugar del
�ndice mencionado con anterioridad.
Se tomar� como base el �ndice
correspondiente al mes de ........................... . El importe del alquiler
ser� liquidado en el domicilio del locador o en el lugar que �ste designe como
lugar de pago, pero siempre teniendo en cuenta el radio de la ciudad. La fecha
de pago ser� del ............................al............................ de
cada mes, seg�n lo pactado entre las partes. En caso de que el LOCATARIO no
abonara en los t�rminos de vencimientos acordados, se entender� que ha
incurrido en mora, sin necesidad de recurrir a la interpelaci�n judicial o
extrajudicial: adem�s es pasible de pagar una suma diaria equivalente al ..........................%
del importe del alquiler en concepto de cl�usula penal.
CUARTO: OBLIGACIONES
TRIBUTARIAS DEL LOCATARIO - FUERA DEL PRECIO FIJADO.
Corresponde al LOCATARIO el pago de
impuestos, contribuciones, tasas y cualquier otro tipo de gravamen impositivo
que recaiga sobre el inmueble, sea de car�cter nacional, provincial o
municipal, ya sea que existan al momento de la celebraci�n del contrato o que
surjan con posterioridad a la celebraci�n del mismo. Asimismo le corresponde al
LOCATARIO el pago de los siguientes servicios: agua, luz, tel�fono, gas y
expensas comunes en el caso que corresponda y siempre que estos servicios le
fueran prestados. Los pagos realizados por el LOCATARIO deber�n ser acreditados
mediante la entrega al LOCADOR de los comprobantes respectivos emanados de la
instituci�n oficial que tiene a su cargo el cobro de tales grav�menes. Quedando
convenido que en el caso de que el servicio tenga como titular al LOCATARIO y
no al LOCADOR, el LOCATARIO s�lo estar� obligado a entregarle una fotocopia que
acredite fehacientemente que el servicio ha sido abonado. Si los instrumentos
en los que consten las deudas impositivas llegaran al domicilio del LOCADOR,
�ste deber� remitirlas al LOCATARIO, quien una vez que la haya recepcionado,
deber� abonarlas en un plazo no mayor de 48 (cuarenta y ocho) horas. Al igual
que el precio del alquiler estas facturas deber�n ser abonadas en el domicilio
contractual o el fijado para tal efecto. El LOCATARIO se obliga a gestionar
bajo su exclusiva responsabilidad el suministro de gas y de energ�a el�ctrica y
a abonar el pago de tales suministros, asimismo deber� dar aviso a las empresas
encargadas del suministro, cuando decida interrumpir el servicio por cualquier
causa, incluido la finalizaci�n del contrato de locaci�n. El LOCATARIO, por
otro lado es responsable de todas las obligaciones derivadas de las
infracciones a normas de origen nacional, provincial o municipal, pudiendo su
reiteraci�n ser causal de desalojo. En cuanto a los gastos de reparaci�n, mantenimiento
y sus accesorios son a cargo del LOCATARIO, sin derecho a compensaci�n alguna,
salvo que entre las partes se pactara que el LOCATARIO, tiene derecho a pedir
el reembolso de las mejoras necesarias por lo cual el LOCATARIO, deber� intimar
al LOCADOR para que le haga efectivo el reembolso, so pena que el LOCATARIO
compense los gastos con el pago de alquileres.
QUINTO: RECEPCI�N DEL
BIEN LOCADO
El LOCATARIO manifiesta recibir el
inmueble y todos sus accesorios en perfecto estado de funcionamiento, conservaci�n
e higiene, con instalaci�n el�ctrica, pisos, vidrios, puertas, marcos,
herrajes, servicio de agua, cloacales, gas ba�o completo e instalaciones,
pintura, desag�e, c�mara s�ptica, reboque, calef�n, pozo absorbente, con
...................................................
..................................................................................................................................................................................................................
El LOCATARIO se compromete a devolver
el inmueble en el mismo estado en que lo recibi�, en el caso de que el inmueble
hubiera sufrido alg�n tipo de deterioro, el locatario quedar� obligado a
satisfacer el importe del alquiler mensual por todo el tiempo necesario que
transcurra hasta que los deterioros sean arreglados salvo que el deterioro
causado sea por el transcurso del tiempo.
SEXTO: DESTINO
El inmueble objeto de este contrato
ser� destinado para vivienda familiar, no pudiendo en consecuencia el LOCATARIO
darle otro substancial o accidental destino que el pactado.
S�PTIMO: MORA EN EL PAGO
Las partes dejan convenido que en el
caso de atrasos en el pago de las rentas o cualquier otra erogaci�n a cargo del
LOCATARIO, este incurrir� en mora autom�tica y una multa del ..............%
diario por el perjuicio ocasionado al LOCADOR, por la falta de pago.
OCTAVO: DEBERES DE
MANTENIMIENTO
El LOCATARIO deber� conservar el
inmueble en el estado en que lo recibi� y responder� de los da�os y perjuicios
ocasionados por �l, convivientes o por terceros que se hubieran introducido en
el bien sin su oposici�n o bajo su consentimiento, no responder� por los da�os
ocasionados por caso fortuito o fuerza mayor.
NOVENO: PROHIBICI�N
Le est� absolutamente prohibido al
LOCATARIO transferir, permutar, sublocar, modificar el destino, ceder el� contrato, suplir o prestar parte o el todo
del inmueble, cederlo en comodato, o hacerse reemplazar por terceros.
D�CIMO: INNOVACIONES
EDILICIAS
P�ctase que para realizar innovaciones
edilicias o mejoras el LOCATARIO necesita de autorizaci�n escrita y� expresa por parte del LOCADOR, a falta de
esta autorizaci�n, adem�s de las responsabilidades en que incurra el LOCATARIO,
el LOCADOR podr� optar por: 1) volver las cosas al estado anterior siempre que
se pudiese� y a costo del LOCATARIO; o 2)
mantener las mejoras y modificaciones introducidas en el inmueble, sin tener
derecho, el LOCATARIO a exigir compensaci�n alguna.
UND�CIMO: PROPIEDAD
HORIZONTAL
El LOCATARIO declara conocer y aceptar
la ley 13.512 (PROPIEDAD HORIZONTAL) y el reglamento de� COPROPIEDAD, que rige en materia de edificios
y dem�s disposiciones� fijadas por la
administraci�n del edificio, como as� tambi�n las ordenanzas provinciales y
municipales de polic�a edilicia, por lo que se conviene que quedan por cuenta y
cargo exclusivo del LOCATARIO, las expensas ordinarias y extraordinarias
asignadas a la unidad locada.
DUOD�CIMO: VISITAS Y
CONTROLES
El LOCADOR tiene derecho a inspeccionar
el estado del bien locado por lo menos una vez al mes, en horario a convenir
con el LOCATARIO, podr� revisar los recibos de pago de cuentas, servicios o
tasas que est�n a cargo del LOCATARIO, comprometi�ndose �ste a su vez a
comunicar al LOCADOR de cualquier novedad que�
sea de inter�s, el incumplimiento de estos deberes da derecho al LOCADOR
a demandar por da�os y perjuicios derivados de este incumplimiento.
DECIMOTERCERO: INCUMPLIMIENTO
P�ctase que ante cualquier
incumplimiento como falta de pago en la fecha convenida, incumplimiento de las
obligaciones emergentes y cl�usulas del presente contrato, que no s�lo es
causal de desalojo, sino que adem�s importa la constituci�n en mora autom�tica,
sin necesidad de previa intimaci�n judicial o extrajudicial, sin perjuicio de
lo que dispone el art. 5 de la ley 23.091. El LOCADOR podr�: a) pedir el
cumplimiento del contrato judicialmente y/o b) solicitar la rescisi�n del
contrato por ministerio de la ley. El LOCATARIO deber� por su parte desocupar
inmediatamente la vivienda, dej�ndola libre de convivientes, cosas y deudas que
dependan de �l y en el mismo estado en que la recibi�. Vencido el contrato, el
inmueble locado deber� ser devuelto incurriendo en una multa del� .....................% diario sobre el �ltimo
alquiler pagado, en concepto de da�os y perjuicios por cada d�a que demore la
desocupaci�n, sin perjuicio del pago del alquiler correspondiente y de las
acciones judiciales que� pudiera dar a
lugar.
DECIMOCUARTO: GASTOS DE SELLADO
Las partes convienen, que seg�n la ley
de impuestos a sellos, los gastos de sellados, del presente contrato estar�n a
cargo del LOCATARIO Y LOCADOR.
DECIMOQUINTO: ACCIONES
JUDICIALES - COSTAS - HONORARIOS
En el caso de que se lleven a cabo
acciones judiciales, tendientes al cumplimiento de las obligaciones emergentes
del contrato, a su rescisi�n, las costas y honorarios ser�n soportados por el
LOCATARIO y por su garante a�n cuando con la acci�n se persiga el desalojo.
Estar�n tambi�n a su cargo los gastos derivados de acciones extrajudiciales que
de lugar el presente contrato.
DECIMOSEXTO: DEPOSITO DE
GARANT�A
El LOCATARIO hace entrega al LOCADOR en
este acto a t�tulo de dep�sito la suma de $ ........................ o
U$S................... en garant�a del fiel cumplimiento de todas las
obligaciones emanantes de las cl�usulas de este contrato. Este dep�sito de
garant�a ser� igual al �ltimo alquiler efectivo pagado y en ning�n caso podr�
el LOCATARIO exigir que el dep�sito dado en garant�a sea afectado al pago de
alquileres atrasados o pendientes y s�lo tendr� derecho a reclamar la
devoluci�n del mismo, cuando el LOCADOR reciba de conformidad el inmueble libre
de ocupantes, cosas y deudas, al tiempo de expiraci�n del contrato y no existan
en el inmueble da�os o deterioros imputables al LOCATARIO y/o su familia
quedando autorizado el LOCADOR a aplicar el importe mencionado al pago de
reparaciones de deterioros que se verifiquen, sirviendo el presente del m�s
eficaz recibo.
DECIMOS�PTIMO: GARANTES
Para todos los efectos y obligaciones
de este contrato .................................................
........................................................................................................................................
........................................................................................................................................
suscriben el presente contrato,
juntamente con todos los contratantes, de plena conformidad se constituyen en
garante/s, fiador/es, liso/s, llano/s y principal/es pagador/es, en forma
solidaria y mancomunada de todas las obligaciones emanadas del presente
contrato, inclusive de las costas judiciales y hasta tanto el inmueble sea
entregado y desocupado de conformidad al LOCADOR, en buen estado, sin deuda
alguna y en las condiciones convenidas, renunciando desde ya a los beneficios
de exclusi�n, divisi�n, interpelaci�n o aviso previo y a los dem�s que la ley
acuerde a los fiadores y que responder�n como tal sin limitaci�n alguna.
D�CIMO
OCTAVO:
REEMPLAZO DE GARANTES -PROHIBICIONES- OBLIGACIONES DE LOS GARANTES
El LOCADOR, se reserva el derecho a
exigir el reemplazo de los fiador/es en caso de insolvencia, fallecimiento,
desaparici�n, etc. de este/os, oblig�ndose el locatario a presentar un nuevo
garante-fiador, cuya solvencia no puede ser inferior a la del anterior,
quedando a juicio y satisfacci�n del LOCADOR. Para el caso del incumplimiento a
la presente obligaci�n, se prescindir� de la locaci�n, sin m�s tr�mite, tal
como si el convenio fuera de t�rmino vencido. El garante o fiador se obligar� a
comunicar al LOCADOR la venta, transferencia o gravamen que� de alguna manera disminuyera el valor de la
propiedad que declara poseer y se obliga a mantener el inmueble dado en
garant�a libre de deudas y grav�menes, qued�ndole expresamente prohibido
afectarlo como bien de familia, cualquier acto en contrario por el garante se
presumir� doloso y dar� lugar a la rescisi�n del contrato y desocupaci�n del
inmueble, sin perjuicio de las acciones legales, civiles y/o penales, a que
hubiese lugar por parte del LOCADOR. El garante afecta directamente y como un
respaldo m�s fiel del cumplimiento de la garant�a a su cargo, el bien de su
propiedad que a continuaci�n se indica y que el LOCADOR ha aceptado como
garant�a
..........................................................................................................................
.............................................................................................................................
........................................................................................................................................
DECIMONOVENO: DOMICILIO
Para todos los efectos legales las
partes fijan los siguientes domicilios especiales:
����������� LOCADOR
en:.....................................................................................................
����������� LOCATARIO
en:..................................................................................................
����������� GARANTES
en:...................................................................................................
...................................................................................................................
VIG�SIMO: JURISDICCI�N
Las partes renuncian al fuero Federal y
a cualquier otro de excepci�n, que les pudiera corresponder y se someten a los
Tribunales de la ciudad de ....................., por cualquier divergencia que
surja en el cumplimiento del presente contrato conformes las partes, previa
lectura y ratificaci�n se firman.....................................
ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en la ciudad de ..............................,
a los.............................................. d�as del mes de
...................................de ..............-
......................................�������������������� ............................������ .................................
����������� LOCADOR�������������������������� �� GARANTE������������������������ LOCATARIO
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