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Juicio ejecutivo: contesta excepcion de pago parcial planteada

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Agregado: 24 de JULIO de 2015 (Por ) | Palabras: 290 | Votar | Sin Votos | Sin comentarios | Agregar Comentario
Categoría: Apuntes y Monografías > Derecho >
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                                                                              CONTESTA TRASLADO

    Señor Juez:

                       ............................., en representación que ejerzo de la actora, en autos “.....................................c/............................s/ Ejecutivo” Expte. Nº..../...

    , a V.S. digo:

                       1.- Que en tiempo y forma, vengo a evacuar el traslado que se me confiriera ante la excepción de pago parcial planteada por la demandada a fs. ........de autos.

                        Desde ya dejo peticionado se rechace la defensa planteada, mandandose llevar adelante la ejecución intentada, con costas.

                        Todo en virtud de las siguientes argumentaciones:

                   1.-1.- Funda el excepcionante su defensa en que una codeudora ha efectuado pagos parciales a mi representada.

                        Si bien ello es cierto, debe reparse que dichos pagos fueron efectuados con posterioridad a la promoción de estas actuaciones, lo cual los torna inidoneos para sustentar la excepción planteada.

                        El maestro Alsina enseña que:

    “.....ella ( la excepción de pago) sólo es admisible cuando se invoca el pago anterior a la interpelación judicial” Tratado Teórico y Practico de Derecho Procesal -Edit. Ediar - 2daEdic. 1962 Bs. As. Tomo V pág.296.

                        Asimismo el procesalista, doctror A.Alvarado Velloso, en su obra Estudio Jurisprudencial, Edit. Rubinzal-Culzoni, Sta. Fe- 1987 Tomo III pág. 1396 tiene dicho que:

    Tampoco es idóneo el pago efectuado luego de incoada la ejecució”

                        Por último, y para no abundar en citas de los mas importantes procesalistas, todos coincidentes, paso a describir lo manifestado por el doctor H. Bustos Berrondo, en su ya clásica obra “Juicios Ejecutivos” Ed. Librería Editora Platense SRL, La Plata-1981- Pág. 195:

    Un pago efectuado con posterioridad a la intimación no puede invocarse eficazmente para fundar una excepción de pago; sin perjuicio de hacerlo valer en la oportunidad de la liquidación”

                        Consecuentemente corresponde rechazar, con costas, la defensa planteada, dejando expresa constancia que los pagos recibidos por mi parte serán descontados de la liquidación a practicarse en definitiva.

    2.- Por lo expuesto a V.S.  solicito:

    2.-1.- Tenga por contestado el traslado corrido.

    2.-2.- Disponga el rechazo de la excepción planteada, con costas.

              Provea V. S de conformidad

                      SERÁ JUSTICIA.

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