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Contrato de Mediería.
En la
localidad de ..............................., departamento de
........................... Provincia de ............................... , a
los .......días del mes de ............................... de mil novecientos
..............................., entre el señor
..............................., por una parte, llamado mas adelante “el
mediero dador” o “dador” y por la otra
el señor ............................... en adelante “el mediero”, se ha
convenido en celebrar , de acuerdo con lo dispuesto en el articulo 40 de la ley
13.246, modificada por las leyes 21.452 y 22.298 y las disposiciones
pertinentes del decreto reglamentario 8330/63 un contrato de Mediería,
que se regirá por las mencionadas normas legales y las siguientes cláusulas.
PRIMERA: El mediero dador cede en Mediería al mediero
una fracción de campo de su propiedad ubicado en la Provincia de
............................... (departamento – partido) de
...............................(distrito – cuartel – pendania), de
................ hectáreas, .............áreas, .............centiáreas de
extensión, y que tiene los siguientes
linderos..................................................................................
..............................................................................................................................
SEGUNDA: Las partes dejan constancia
de que en el predio objeto del presente contrato existen las siguientes
mejoras: De propiedad del mediero dador:...................................................................................................................
De propiedad del mediero:
................................................................................
TERCERA: El mediero no podrá
realizar ninguna clase de mejoras en el predio ni modificar las existentes sin
previa autorización dada por escrito por el mediero dador.
CUARTA: El mediero dador realiza los
siguientes aportes:.......................
..............................................................................................................................
El mediero a su vez
aporta:..................................................................................
..............................................................................................................................
QUINTA: Todos los gastos de
explotación del campo serán soportados por los contratantes en partes iguales y
deberán ser efectuados con el conocimiento y aprobación del contratante.
SEXTA: El mediero se obliga a cuidar
y mantener en buen estado de conservación y funcionamiento las mejoras y demás
aportes realizados por el dador.
SEPTIMA: A los fines del articulo
18, incisos b y d, de la ley 13.246, las partes dejan constancia de que el
predio se encuentra afectado por las plagas y maleza que seguidamente se
determinan:........................................................
..........................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................
OCTAVA: El mediero destinara el
predio a la explotación agrícola:
..........................................................................................................................................................................................................................................
NOVENA: Los cultivos a realizare y
la superficie destinada a cada uno de ellos en cada año agrícola será
establecida de común acuerdo entre las partes.
DECIMA: El mediero no podrá hacer
pastar animales en los rastrojos de los cultivos, sin previa autorización por
escrito del dador.
UNDECIMA: Queda absolutamente
prohibido al mediero recibir animales a pastaje de propiedad de terceros.
DUODECIMA: Los frutos obtenidos
serán divididos en partes iguales, luego de deducidos los gastos de explotación
del campo.
DECIMOTERCERA: La superficie
destinada para vivienda y huerta será sin cargo y no podrá exceder de
...............................hectáreas.
DECIMOCUARTA:
La superficie del predio que será destinada sin cargo para pastoreo de animales
de trabajo no podrá exceder de ............................... hectáreas.
DECIMOQUINTA: La explotación deberá
ser realizada por el mediero en forma directa y personal. Si los rendimientos
obtenidos no guardaren proporción con la calidad de la tierra, y resultan
inferiores a los normales de la zona, el mediero dador podrá demandar la
rescisión del contrato, el desalojo del predio y la indemnización de daños y
perjuicios.
DECIMOSEXTA: Queda absolutamente
prohibido al mediero ceder el contrato, ceder el predio en aparcería, subarrendar
total o parcialmente el mismo y en general , ceder su uso y goce por cualquier
titulo que fuere.
DECIMOSEPTIMA: El mediero se obliga
a notificar al dador, con antelación suficiente, la fecha de recolección de los
frutos y de división de los mismos. Hasta tanto la separación de los frutos no
se haya realizado con la conformidad del dador o quien lo represente, el
mediero no podrá disponer de ellos en ninguna forma. Asimismo se obliga a
rendir cuentas al dador del resultado de la explotación y de exhibirle las
liquidaciones, documentos y recibos correspondientes.
DECIMOCTAVA: El mediero dador podrá
intervenir en la dirección y administración de la explotación juntamente con el
mediero, reservándose el mas amplio derecho de control y vigilancia, en modo
especial en el momento de recolección de los frutos y separación de los mismos.
DECIMONOVENA: El presente contrato
se celebra por el plazo de ...............................años a contar desde
el ..........de ............................... de mil novecientos
............................... , venciendo por consiguiente, el día ........
de ...............................de mil novecientos
...............................
VIGESIMA: El mediero dador tiene su
domicilio real en ............................... y el mediero en
...............................
VIGESIMOPRIMERA:
El señor ..............................., con domicilio en
..............................., se constituye en fiador, liso, llano y
principal pagador del señor ............................... por el fiel y
estricto cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones que este contrato
o las disposiciones legales vigentes ponen a su cargo como así también por los
gastos judiciales o extrajudiciales y honorarios, responsabilizándose de común
por todo lo anteriormente estipulado, aunque el contrato hubiera vencido y
hasta tanto se produzca la desocupación total y entrega del predio y queden
totalmente canceladas las obligaciones, con renuncia expresa a ser notificado y
al derecho de excusión.
VIGESIMOSEGUNDA: Las partes se
someten a la jurisdicción de los tribunales ordinarios de la ciudad de
..............................., renunciando al fuero federal .
Con lo que termino el acto que previa lectura y ratificación de su contenido, firman los comparecientes ...........ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto en lugar y fecha arriba indicados.
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