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Efectos de las legislaciones sobre el aborto inducido

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Liberalización de las leyes restrictivas sobre el aborto.

Agregado: 04 de OCTUBRE de 2003 (Por Anónimo) | Palabras: 2101 | Votar |
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Categoría: Apuntes y Monografías > Medicina >
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    Efectos de las legislaciones sobre el aborto inducido

    Mayo 1999

    Las leyes sobre aborto varían considerablemente alrededor del mundo. Existen legislaciones donde la práctica del aborto durante el primer trimestre no tiene restricciones con respecto a su causa, y donde una vez pasada esa etapa se puede obtener un aborto bajo ciertas limitaciones; otras legislaciones, en cambio, sólo lo permiten en situaciones específicas1. Los cambios legislativos que desde los años sesenta se han producido a nivel mundial para liberalizar las leyes sobre el aborto, surgieron no únicamente como reconocimiento a los derechos reproductivos de las mujeres, sino teniendo en cuenta el impacto negativo que producen las legislaciones restrictivas en las distintas naciones. Las leyes que limitan el aborto inducido producen una serie de consecuencias que no afectan solamente a las mujeres que deciden terminar con un embarazo no deseado, sino que también traen resultados devastadores a nivel social, económico y cultural en los países donde se restringe su acceso.

    Peligro para la vida de la mujer. A pesar de la penalización del aborto, millones de mujeres ponen en riesgo su vida al acudir a servicios clandestinos para terminar con un embarazo no deseado. Algunos estudios indican que una legislación restrictiva sobre el aborto está relacionada con una alta tasa de aborto inseguro y, por consiguiente, una mayor morbimortalidad de la mujer. Una legislación de este tipo también influye en las estructuras de salud pública, puesto que no se promueve un entrenamiento adecuado de los profesionales de salud ni el uso de métodos aceptados a nivel internacional para tratar casos de aborto en situaciones permitidas por la ley, lo cual se traduce en una amenaza para la vida de la mujer2.

    El contexto de penalización crea un estigma desfavorable que generaliza las actitudes negativas con respecto al aborto, incluso en aquellos casos en que el aborto está exento de pena. Por lo general, no existe información disponible al respecto ni reglamentos que faciliten los procedimientos administrativos en los casos específicos permitidos por la ley. Esto trae como consecuencia que las mujeres de bajos ingresos económicos recurran a un aborto clandestino, cuando en realidad tienen derecho a un procedimiento seguro. Del mismo modo, muchos profesionales de salud niegan el acceso a un aborto seguro a las mujeres que se encuentran dentro de las excepciones legales por no tener un conocimiento exacto de la normativa legal al respecto3.

    Una práctica discriminatoria. El aborto inducido se convierte en un problema de justicia social en los países que penalizan esta práctica. En ellos, las mujeres de clase social baja que carecen de recursos económicos suficientes se ven obligadas a recurrir al aborto clandestino, a diferencia de aquellas que tienen los medios suficientes para pagar un aborto seguro o viajar a los países donde es legal. Del mismo modo, como las leyes que penalizan el aborto sólo se aplican a un pequeño porcentaje de casos excepcionales, en la práctica esto produce la inoperancia de la ley con respecto al número total de abortos que se realizan a diario.

    Las mujeres pobres también corren un mayor riesgo de ser denunciadas a las autoridades y sancionadas con penas carcelarias, ya que en casos de complicaciones relacionadas con un aborto inseguro se ven en la necesidad de acudir a instituciones públicas donde tienen lugar la mayoría de las denuncias4. Este comportamiento de los profesionales médicos viola también el derecho de las mujeres a la intimidad y a la confidencialidad. De esta manera, las leyes que penalizan el aborto producen un dilema ético difícil de resolver, pues colocan al médico entre su deber como ciudadano de reportar un hecho ilícito a las autoridades y su deber como médico de proveer un tratamiento confidencial a su paciente.

    Surgimiento de un "mercado negro" de servicios de aborto. La ilegalidad del aborto trae como consecuencia la proliferación de servicios clandestinos de alto riesgo, a los cuales las mujeres deben recurrir como única alternativa. En estos establecimientos, las parteras y otras personas sin entrenamiento efectúan abortos en condiciones insalubres y sin técnicas adecuadas. Estos servicios, además de poner en peligro la vida de la mujer, originan otro tipo de complicaciones: gastos médicos mucho más costosos, hospitalizaciones prolongadas y la inevitable corrupción de las instituciones jurídicas y policiales que se encargan de encubrir estas prácticas5.

    Impacto a nivel económico. No hay duda del fuerte impacto económico que representa para la mujer y su familia la práctica del aborto inducido. Aunque no existen cifras exactas, las mujeres que recurren a un aborto clandestino deben cubrir altos costos que muchas veces incluyen gastos por complicaciones médicas. Algunas investigaciones indican que los abortos clandestinos realizados por proveedores de salud pueden costar entre un cuarto y la mitad del sueldo promedio mensual de la mujer6.

    En cuanto al impacto a nivel nacional, las complicaciones que se producen como resultado de un aborto se traducen en gastos de recursos médicos y financieros que afectan al sistema de salud pública. Estudios realizados en Chile estiman que el gasto público por efectos de tratamiento y hospitalización de abortos es de $15,000,000 dólares al año7.

    Consecuencias del encarcelamiento. El ingreso a establecimientos carcelarios trae terribles consecuencias, tanto para las mujeres procesadas por aborto como para su familia. En Chile, donde el aborto está penalizado en cualquier circunstancia, los estudios indican que el encarcelamiento crea cierto estigma que afecta a la mujer a nivel personal y social, como por ejemplo, pérdida de autoestima, pérdida de empleo, desalojo de la vivienda por prejuicios del arrendador, burla de sus compañeros de trabajo, etc8. Del mismo modo, la detención de la madre también afecta a sus hijos, quienes deben ser acogidos por familiares o colocados en escuelas con régimen de internado. Los hijos de las mujeres detenidas por lo general presentan problemas de conducta como resultado de la inestabilidad familiar a la que se ven forzados9.

    Violación de los derechos humanos de la mujer. Las leyes que penalizan el aborto violan no sólo los derechos reproductivos de la mujer, sino también su derecho a la salud, a la libertad, a la seguridad y potencialmente su derecho a la vida. El mismo estudio realizado en Chile demuestra cómo la manera de denunciar a las mujeres que deciden abortar, a los proveedores de aborto y demás cómplices, viola además otros derechos humanos que, al igual que los arriba mencionados, también están protegidos por instrumentos internacionales: el derecho al debido proceso, a la intimidad, a la defensa legal y al secreto profesional10. Del mismo modo, esta investigación señala que el grupo de mujeres procesadas por aborto está compuesto en forma desproporcionada por mujeres pobres, infringiendo de esta manera el derecho que tiene la mujer a no ser discriminada por su situación económica11.

    Liberalización de las leyes restrictivas sobre el aborto

    En 74 países con poblaciones de más de un millón de personas y cuyos habitantes componen el 65% de la población a nivel mundial, se permite legalmente el aborto sin ninguna restricción por razones socioeconómicas o para proteger la salud mental de la mujer12. Muchos otros países permiten el aborto para salvar la vida de la mujer o proteger su salud13, y sólo en algunos países el aborto se considera ilegal bajo cualquier circunstancia14. Resulta interesante estudiar el impacto que tienen las legislaciones que liberalizan el aborto de manera amplia.

    Reducción del número de abortos. En contra de las creencias populares, los países que han legalizado el aborto inducido y creado programas accesibles de planificación familiar, combinados con un acceso efectivo a información, muestran un marcado descenso en el número de abortos realizados. En Holanda, donde el aborto no está penalizado y existen servicios gratuitos de aborto junto con un amplio acceso a anticonceptivos y servicios15, así como protección social para la mujer16, la tasa de abortos se calcula en 0,53 por cada 100 mujeres17, convirtiéndose en el país con una de las tasas más bajas de Europa18. En el caso de Cuba, que cuenta con una legislación liberal sobre aborto, la tasa permanece alta debido a que no cuenta con servicios suficientes de información y acceso a métodos anticonceptivos. En los países de América Latina con legislaciones restrictivas sobre aborto, la tasa llega a ser hasta diez veces mayor19, comparada con las de países donde las leyes sobre aborto han sido liberalizadas.

    Reducción de la morbimortalidad materna. Los abortos realizados en condiciones higiénicas y siguiendo las técnicas apropiadas reducen la alta tasa de morbimortalidad que está directamente relacionada con abortos inseguros. En los países donde la práctica del aborto es legal, las investigaciones demuestran que cuando el aborto es practicado por un personal capacitado, que utiliza métodos modernos, la terminación del embarazo es un procedimiento clínico que no representa mayor riesgo para la vida de la mujer. En 1985, en los Estados Unidos ocurrieron 0,4 muertes por cada 100.000 abortos21, en tanto que en países como Chile, un tercio de las muertes maternas está relacionado con el aborto22.

    El aborto es una práctica que, pese a su prohibición legal, se extiende a mujeres de todas las clases sociales, con consecuencias más graves para las mujeres pobres. La mayor parte de las legislaciones de América Latina han intentado resolver el problema del aborto inducido mediante su prohibición, lo cual se ha traducido en graves consecuencias económicas, sociales y de salud pública para estos países, sin lograr la disminución de la alta tasa de abortos que existe en la región. Es por ello que se hace imperativa una revisión del tratamiento legislativo que se ha dado al aborto inducido. Es necesario abordar el tema con otra perspectiva, tomando en cuenta la realidad social y necesidades de la mujer y promoviendo un debate en espacios de participación privados y públicos que lleve a la reflexión y permita analizar el tema con todas sus implicaciones.

    1 Anika Rahman, Laura Katzive y Stanley Henshaw, "A Global Review of Laws on Induced Abortion 1985-1997", en International Family Planning Perspectives, Vol. 24, no. 2, junio de 1998, pp. 56-64.
    2 Organización Mundial de la Salud (OMS), Address Unsafe Abortion, World Health Day: Safe Motherhoood, 7 de abril de 1998, p. 2.
    3 Ibid.
    4 Lidia Casas Becerra, Mujeres procesadas por aborto, Foro Abierto de Salud y Derechos Reproductivos, Santiago, Chile, 1996; ver también Centro de derechos reproductivos y Foro Abierto de Salud y Derechos Reproductivos, Encarceladas: leyes contra el aborto en Chile. Un análisis desde los derechos humanos. Nueva York, 1998 [de aquí en adelante CRLP y Foro Abierto de Salud y Derechos Reproductivos, Encarceladas].
    5 El aborto y la tarea parlamentaria en América Latina, The Population Council, Universidad Externado de Colombia y Grupo de Información en Reproducción Elegida, p. 22.
    6 Rachel N. Pine, "Achieving Public Health Objectives through Family Planning Services", en Making Abortion Safe And Legal: The Ethics And Dynamics Of Change. Reproductive Health Matters, no. 2, noviembre de 1993, p. 80.
    7 Lavín, citado en Pobreza e inequidad de género: Salud y derechos sexuales y reproductivos en América Latina y el Caribe, documento presentado por el FNUAP ante la VII Conferencia Regional sobre la Integración de la Mujer en el Desarrollo Económico y Social de América Latina y el Caribe, Santiago de Chile, 19-21 de noviembre de 1997, párrafo 85, p.28.
    8 Lidia Casas Becerra, Mujeres procesadas por aborto, op.cit., p. 49.
    9 Ibid., p. 97.
    10 CRLP y Foro Abierto de Salud y Derechos Reproductivos, Encarceladas, op.cit., p. 8.
    11 Ibid., p. 9.
    12 Centro de derechos reproductivos Hechos: Leyes sobre aborto en el mundo. Hoja informativa, Nueva York, 1999.
    13 Ibid.
    14 Ibid.; ver también OMS, Address Unsafe Abortion, op. cit., p.2.
    15 Ibid., p.3.
    16 "La mujer embarazada debe sentirse segura de que tendrá disponible sala cuna, prescuela y escuela para su hijo, de tal modo que ella pueda trabajar para mantenerlo, si sus condiciones sociales así lo exigen...Esa seguridad social que protege a la mujer que está cumpliendo su formación reproductiva está plenamente presente en Holanda y ausente en América Latina." Ver Aníbal Faúndes, Aspectos médicos del aborto inducido. Ponencia presentada en el Encuentro de Parlamentarios de América Latina y el Caribe sobre el Aborto Inducido. Bogotá, 1998, pp.12-15.
    17 AGI, Aborto clandestino: Una realidad latinoamericana. Nueva York, 1994, p.24.
    18 Rachel N. Pine, "Achieving Public Health Objectives through Family Planning Service", op. cit., p. 80.
    19 Faúndes, op. cit., p. 8.
    20 AGI, Aborto clandestino: Una realidad latinoamericana, op.cit., p.24.
    21 Ibid.
    22 Comité de América Latina y el Caribe para la Defensa de los Derechos de la Mujer (cladem), Silencios públicos, muertes privadas. La regulación jurídica del aborto en América Latina y el Caribe. Lima, 1998, p.16.


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