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Derechos del Niño
íNDICE:
La Comisión de Derechos Humanos Jalisco es un organismo público dotado de plena autonomía, con personalidad jurídica y patrimonio propio; de carácter permanente, participación ciudadana y de servicio gratuito, creado para proteger, defender, promover, estudiar y divulgar los derechos humanos en Jalisco.
II. ¿Cual es la funcion de la CDHJ?
Su función es la de intervenir en los casos en que los servidores publicos estatales y municipales violan los derechos humanos de cualquier ciudadano, sin importar raza, sexo, edad, condicion social, situacin juridica, preferencia sexaul, nacionalidad o estado civil. El servicio de presentar quejas es gratuito las 24 horas del dia en los 365 dias del año.
III. ¿Cuáles son los derechos y deberes de los niños?
Los derechos de los niños son:
• Vivir en una familia que los cuide, alimente y dé cariño.
• Tener una casa.
• Expresar lo que piensa, siente y le preocupa con respeto.
• Tener una nacionalidad.
• Ir a la escuela y recibir educación.
• Tener un apellido y nombre que los distinga de los demás.
• Si es discapacitado, tiene derecho a recibir educación y cuidados especiales.
• Descansar, jugar y divertirse sanamente.
• Nadie tiene derecho a maltratar su cuerpo ni sus sentimientos.
Los deberes de los niños son:
• Respetar a sus semejantes, sin importar sexo, religión, nivel socioeconómico, nacionalidad o impedimento físico-mental.
• Respetar a sus padres, maestros y todas las demás personas.
• Respetar las leyes que rigen la sociedad.
• Tener buena conducta en la escuela y en la casa.
• Hablar siempre con la verdad y cumplir con lo que prometen.
• Respetar y cuidar el medio ambiente.
• Respetar su patria, su cuerpo, pensamiento y sentimientos, así como las opiniones y costumbres de los demás.
IV. ¿Qué se hace cuando se recibe una queja de violación de derecho de los niños?
Cuando se viola el derecho de un niño, éste tiene el deber de ir a reportar al ministerio público, el cual es el responsable de solucionar el problema del infante, sin embargo, si no es atendida su queja, tiene la obligación de trasladarse a la Comisión de Derechos Humanos con el fin de que ésta le ayude a solucionar su problema complementándolo con dependencias gubernamentales como lo es el DIF (Desarrollo Integral de la Familia).
V. Cuándo interviene y cuándo no la CDHJ?
La Comisión de Derechos Humanos de Jalisco (CDHJ) interviene cuando algún servidor público, sea estatal o municipal, ha violado el derecho humano de un niño. Puede ser a través de no atender su denuncia, negándole algún servicio público de salud, retrasando su trámite sin motivo, no escuchando ni respondiendo sus peticiones, exigiendo gratificación por un servicio público, abusando de la fuerza pública, atacándolo física o verbalmente o utilizando la tortura. Ahora bien, con esto se pretende lograr que el niño se atreva a denunciar tanto la violación de un derecho humano con el ministerio público, como al ministerio público con los derechos humanos, en caso de que éste no cumpla con su obligación de defender al menor.
La CDHJ no puede intervenir cuando un particular comete un delito, cuando hay conflictos entres particulares, en las decisiones de las autoridades laborales y electorales, así como en la decisión de los agentes de ministerio público y jueces para dejar libre o o a una persona acusado de un delito, ya que de esto se encarga la policía, la procuraduría de justicia y los tribunales. No obstante, en cualquiera de estos casos, orienta y canaliza hacia las instituciones correspondientes para la solución de las mismas.
VI. Requisitos e información que se debe tener para presentar una queja.
REQUISITOS E INFORMACIóN GENERAL:
• Tener conocimiento de una violación de derechos humanos.
• Presentarse en la comisión.
• Mostrar una identificación.
• Hacer una descripción breve y real de los hechos.
• Dar el nombre y cargo del supuesto violador de derechos humanos o los datos mínimos que lleven a su identificación.
• No requiere abogado o gestor.
• En casos urgentes, las quejas pueden darse a conocer por teléfono, fax o cualquier otro medio de comunicación, pero deberán ser ratificadas personalmente dentro de los siguientes 5 días.
• El plazo para presentarla es de un año a partir de los hecho sivolatorios de los derechos humanos o de que tengas conocimientos de ellos, con excepción de los que afecten tu integridad física o psíquica, o lesionen a grupos, en los cuales no vence.
• El servicio es gratuito las 24 horas del día, los 365 días del año.
• Los datos personales se mantienen en absoluta reserva para garantizar su seguridad.
VII. Analizar el factor en común de las violaciones de los niños
Nosotros nos estamos centrando en la violación de los derechos de los niños que puedan recibir tanto por parte de las instituciones públicas educativas, como por parte del ministerio público. Es decir se trata de estimular el derecho de expresión de los infantes en el momento en que se sientan agredidos sus sentimientos o su cuerpo.
Un infante puede recibir varios tipos de violación por parte del personal que labora dentro de la institución educativa como pueden ser maestros o directores, y entre los cuales encontramos las siguientes violaciones que puedan recibir por parte de estos: golpes, violación, no proporcionarles educación, recibir un trato discriminatorio, sin respeto y con humillaciones. En estos casos el niño tiene todo el deber de comunicarlo con sus padres o tutores, así como estos tienen el deber de denunciarlo al ministerio publico con el fin de hacer valer el derecho del infante. Ahora bien ya mencionamos las diferentes maneras en que un niño puede recibir una violación a sus derechos por parte de un agente publico, y es aqui donde interviene la Comisión de Derechos Humanos para denunciar ésta violación con autoridades de un mayor rango complementando esta ayuda con el apoyo del DIF.
Nosotros nos estamos centrando en la violación de los derechos de los niños que puedan recibir tanto por parte de las instituciones públicas educativas, como por parte del ministerio público. Es decir se trata de estimular el derecho de expresión de los infantes en el momento en que se sientan agredidos sus sentimientos o su cuerpo.
Un infante puede recibir varios tipos de violación por parte del personal que labora dentro de la institución educativa como pueden ser maestros o directores, y entre los cuales encontramos las siguientes violaciones que puedan recibir por parte de estos: golpes, violación, no proporcionarles educación, recibir un trato discriminatorio, sin respeto y con humillaciones. En estos casos el niño tiene todo el deber de comunicarlo con sus padres o tutores, así como estos tienen el deber de denunciarlo al ministerio publico con el fin de hacer valer el derecho del infante. Ahora bien ya mencionamos las diferentes maneras en que un niño puede recibir una violación a sus derechos por parte de un agente publico, y es aqui donde interviene la Comisión de Derechos Humanos para denunciar ésta violación con autoridades de un mayor rango complementando esta ayuda con el apoyo del DIF.
VIII. Centralizar la propuesta y el mensaje de este factor
La mayoría de los niños que reportan una queja ya sea al ministerio público como a la Comisión de Derechos Humanos es cuando han sido violados por algún maestro o son golpeados por los mismos. Por lo tanto nuestra propuesta se centra en este factor común de quejas de los infantes, con el fin de hacer una campaña que estimule a los niños a denunciar cualquier maltrato que reciban por parte de sus maestros o de un agente público, ya que por el hecho de que son menores de edad creen no tener mucha credibilidad o mucha importancia de lo que suceda en cuestión de sus derechos. Con esto se pretende acentuar la participación de los niños para que cada vez mas sean tomados en cuenta y respetados como cualquier otro ciudadano con capacidades y sentimientos individuales.
La propuesta por parte de nuestro equipo es hacer trípticos y posters que serían colocados en las instituciones educativas tanto públicas como privadas, ya que por ejemplo en instituciones publicas se da más la violación y los golpes, sin embargo en instituciones privadas se da la discriminación en el trato, asi como humillaciones muchas veces.
IX. Realizar la propaganda con base en la investigación anterior y el análisis
9.1 Pláticas
La Comisión de Derechos Humanos Jalisco se maneja de la siguiente manera en cuanto a su promoción y propaganda: Primero visita escuelas con el fin de darles platicas a los niños y maestros y dentro de estas platicas raparte información recopilada en trípticos, así como también les hace pasar un video donde muestra mas concretamente lo que el triptico contiene para que la informacion sea captada de una manera mas dinamica y real. Por lo que nuestra propuesta tambien se basa en realizar tripticos que sean utilizados por la misma Comisión.
9.1.1 Folletos y posters.
La idea central de nuestro proyecto es enfocarnos al diseño de folletos y de posters con un mensaje central: ¡ACUSALOS!. La justificación de esta palabra se origina del lenguaje que utilizan los niños cuando supieron que otro niño hizo algo mal y su primer reaccion es "Te voy acusar...." O "Vas a ver con....", por lo que elegimos una palabra muy usada por los niños para entablar un vinculo en comun, asi como para captar más la atención a través del lenguaje infantil.
X. Retroalimentación por parte de las denuncias que reciba la CDHJ después de la campaña.
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