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DELITOS POLITICOS – COMUNES
Al hablar de lo que es un delito, manifestamos la noción de decir que es una conducta Indeseable de vulneración a un derecho propio o ajeno que traerá consecuencias jurídicas, Como la pena o medidas preventivas o represivas.
La definición técnica-jurídica de Rodríguez Devesa, siguiendo a Edmundo Mezger, define el delito como “acción típicamente antijurídica y culpable a la que señalada una Pena” Para determinación de un delito político, existente dos criterios: E l subjetivo que se Atiende fundamental a los móviles que guían al autor y objetivo que centra su atención en el bien jurídico protegido.
Los bienes jurídicos son aquellos valores que el legislador los concede protección jurídica, por ej.: la vida, honor, el patrimonio, en este caso se considera, el delito político, cuando el bien jurídico protegido es la seguridad interior del Estado.
Cuando son de estos tipos penales en estos casos se concede lo que es la Amnistía este viene del vocablo griego “Amnesis “que significa olvido. Constituye un acto jurisdiccional de un poder del Estado ,de la cual es Órgano Legislativo o Ejecutivo , que borra o pone en olvido, así lo estable la actual Constitución Política del Estado el art. 172 numeral 14. Decretar Amnistía o Indulto con la aprobación de la Asamblea Legislativa Plurinacional.
Estos delitos son cuando hay riesgo de subvertir el orden constitucional establecido en cada país buscan de cambiar el tipo de Estado y la forma de gobierno buscan de imponer un régimen a lo no establecido en cada país buscan de cambiar el tipo de gobierno objetivo subvertir el orden constitucional; los regímenes dictatoriales y otros “constitucionales “, Jiménez de Azua los denomina delitos políticos –sociales.
Resulta tarea difícil y, a la vez, peligrosa, adoptar un criterio absoluto si no relativo este dirigido contra los interés del Estado. En el caso de Bolivia corresponde al libro segundo del código penal, como me fue confirmado por el Dr. Fernando Villar Lucia, presidente de la Academia Boliviana de Ciencias Jurídico Penales un gran jurisconsulto. Los Delitos comunes son todos demás delitos Establecidos en el código penal y en las leyes especiales. Que estos no repercuten de vital Protección frente a la seguridad del Estado.
Hacemos una critica a nuestros legisladores plurinacionales no realizar tipos penales sin previos análisis de la dogmatica jurídica penal no se puede ser desproporción de la pena y legislador no puede realizar tipos penales, sin previo análisis de la dogmatica penal, de judicializar lo que les parezca.
Existe el principio `` Nulla poena sine legue`` la pena no es arbitraria si no legal, la pena debe ser proporcional al delito, como consecuencia del principio retributivo de la sanción, pero que tiene sus excepciones; como el caso de la reincidencia en el cual la gravedad de la sanción no depende de la gravedad del delito si no de su repetición dentro de las condiciones que señala el código penal , en una de sus características del derecho es la última Ratium lo que significa es el ultimo en la aplicación frente a cualquier disposición legal ; el principio de la reserva establece `` nadie será obligado hacer lo que la constitución y las leyes no manden , ni a privarse lo que ellas no prohíban “ si no esta en disposición no se puede realizar ningún accionar.
Nuestros legisladores plurinacionales tienen que realizar una reingeniería en la política criminal para precisar los tipos penales, porque en cualquier situación coyuntural se podrían crear normas muy represivas o arbitrarias; estas deben realizarse con planificación adecuada prudencial; hoy exclamo un poco de experiencia, de psicología, lógica y sana critica.
Para hacer una adecuada normativa en la creación de leyes penales; para no entrar en la zozobra de la sociedad en su accionar.
Univ. Oscar Morales Huanca e-mail: osmoralesh@hotmail.com
Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas
Universidad Autonoma “Juan Misael Saracho”
Tarija-Bolivia
BIBLIOGRAFIA
CONSTITUCION POLITICA DEL ESTADO
MODERNAS CORRIENTES DOCTRINARIAS EN DERECHO PENAL
DERECHO PENAL
INTRODUCCION A LA IMPUTACION OBJETIVA
Gaceta oficial, Constitución política del estado (con índice alfabético, ed. Jurídica, Sucre – Bolivia, Abril
2010
Villamor Lucia, Fernando, Modernas corrientes doctrinarias en derecho penal, Teoría del delito, ed.A.B.C.J.P., La Paz – Bolivia, Septiembre 2010.
Miguel Harba, Benjamín, Derecho penal II (Nueva edición), ed. Urquizo, La Paz- Bolivia, 2006
Flores Calvimontes, Willy, Introducción a la imputación objetiva, ed. librería Jurídica, Cochabamba, 2008.
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