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Organización socio-política de las autoridades de las colonias Españolas.

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Agregado: 02 de AGOSTO de 2011 (Por Anonimo) | Palabras: 1900 | Votar | Sin Votos | Sin comentarios | Agregar Comentario
Categoría: Apuntes y Monografías > Historia >
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    Autor: anònimo (info@alipso.com)

    Organización socio-política de las autoridades de las colonias Españolas.

    Autoridades en España:

    1- Rey: En su carácter de monarca absoluto concentra la totalidad del poder.

    2-Consejo de Indias: institución colegiada , con funcionarios asalariados. No tiene un lugar fijo, sigue al rey en sus diverso desplazamientos.

    F. Legal: Bajo la presidencia del Rey (directa o no) preparaba las leyes y las ordenanzas concernientes al Nuevo Mundo, daba forma legal a las órdenes emanadas de la Corona.
    F. Administrativa: redactaba la correspondencia administrativa mantenida con los órganos de la Casa de Contratación y las autoridades residentes en América. Proponía los funcionarios coloniales a la corona a fin de que el rey eligiera uno.
    F. Judicial: actuaba como Corte Suprema de Justicia.
    F. Eclesiástica: el rey ejercía el derecho de patronato por medio de este consejo, que consistía en proveer los cargos eclesiásticos, fijaba los límites de la diócesis, participaba en la elección de las santas jerarquías eclesiástica (obispados), presentando una terna al Papa y subrayando la que le convenía.
    F. Militar: consejo de guerra, en caso de necesidades defensivas.
    F. Política: juicio de residencia: lo hacía el juez inquisidor, sumario que hacía a todos los funcionarios americanos una vez eliminadas sus funciones. Leían sus expedientes y hacían informes orales de sus vecinos.

    3-Casa de Contratación: institución colegiada, con funcionarios asalariados. Establecida en Sevilla (ciudad cercana al puerto de Cádiz), y en Cádiz a partir del S. XVIII.

    F. Administrativa-comercial: el secretario supervisaba La relaciones marítimas y comerciales entre América y la Metrópoli, aseguraba la organización y protección de los convoyes con destino a América. Entregaba las patentes a los grandes comerciantes monopolistas.
    F. Administrativa: vigilaba el ingreso de las rentas reales, como así el transporte de correspondencia entre España y las Indias.
    F. Económica-financiera:
    • Percepción de una serie de impuestos para comerciantes monopolistas.
    Almojarifazgo: gravamen que se pagaba en España a la salida de las mercaderías y en América a la llegada de éstas.
    Alcabala: a partir de 1591 se estableció sobre todas las transacciones y ventas (desde un 2% hasta un 6%)
    Avería: porcentaje obligatorio destinado a costear los gastos de los convoyes o flotas de la real Armada encargados de la defensa de los galeones de los comerciantes monopolistas.
    • Cobraban por la entrega de las patentes a los monopolistas para legalizar su situación.
    • Alquilaban los depósitos en el puerto de Cádiz a éstos comerciantes.
    F. Judicial: actuaba como corte suprema de justicia para dictaminar las sentencias definitivas entre comerciantes monopolistas.
    F. Científico-Técnica: centro de estudios oceanográficos y cartográficos. Recepcionaba la información de los adelantados y cronistas no oficiales y desde el S- XVIII de viajeros, flora, fauna y características étnicas del nuevo mundo.

    Autoridades residentes en América:

    1-Adelantado: funcionario honorario y unipersonal. La corona le otorgaba el poder de representación (concentración del poder político sólo limitado por el cabildo de la ciudad fundad).

    En ningún caso la Corona respetó el carácter vitalicio de éste cargo- dado que el único entregado a perpetuidad fue a Colón de acuerdo a lo firmado en Santa Fe, que tampoco fue cumplimentado-. Una vez que la conquista y colonización de un radio territorial concluía, puesto que no le resultaba conveniente, procedía al desplazamiento del Adelantado y simultáneamente a la designación de funcionarios coloniales asalariados.

    2- Cabildo o ayuntamiento:(es el antecedente directo de las municipalidades)
    Institución colegiada y honoraria cuyos miembros son los vecinos (que tienen una propiedad urbana y una rural) elegidos por otros vecinos importantes (pares) que se encargan del gobierno de la ciudad y de la administración de sus recursos económicos.

    F. Judicial: tratamiento o sentencia de delitos menores, como el robo de gallinas o de ganado.
    F. Financiera: fija precios máximos y controla el orden y la higiene de los mercados. Administra la donación y /o venta de tierras.
    F. Socio-administrativa: trazado y mantenimiento de calles.
    F. Socio-cultural: organización de festividades públicas.

    3. Virreinatos: representante de la corona en América.

    F. económica: preside la Real Hacienda de su virreinato, controla la producción de todos los yacimientos mineros.
    F. Eclesiástica: ejerce el derecho de vicepatronato (consiste en proponer ternas de aspirantes a altos cargos eclesiásticos (obispados) a la Corona, que subraya y esta es enviada al Papa).
    F. Militar: Jefe de todos los efectivos destacados en su virreinato.
    F. Judicial: preside sin voz ni voto la Real Audiencia.

    Virreinatos existentes desde el S. XVI hasta el último tercio del S. XVIII:

    Nueva España: desde Texas hasta la ciudad de San Francisco y todo México.
    Perú: Perú, Bolivia (Alto Perú), Chile hasta la Puna de Atacama, Argentina (con Chaco, Formosa y Patagonia, aunque jurídicamente desiertos), Uruguay, Paraguay y Brasil hasta Río Grande del Sur.
    Nueva Granada: Venezuela, Colombia, Ecuador y Panamá.

    4. Capitanías generales: unipersonal y asalariado, a diferencia de los virreyes, tiene que ser forzosamente un militar profesional ya que son divisiones territoriales ubicadas en zonas fronterizas.

    F. Administrativa: publicaba el contenido de las ordenanzas y cédulas reales, al igual que los virreyes.
    F. Judicial: preside la Audiencia Pretorial sin voz ni voto.
    F. Militar: está al mando de las tropas militaras,

    Capitanías Generales:

    Cuba: Península de la Florida, Cuba, Antillas Mayores y Menores y la Bahamas.
    Guatemala: América Central ítmica menos la península de Yucatán.
    Chile: Desde Santiago de Chile y las tres provincias Cuyanas (San Juan, San Luis y Mendoza), hasta Valparaíso.
    5. Audiencias: instituciones colegiadas y con funcionarios asalariados: presididas por el virrey o por el Capitán General, según donde están establecidas, ya que hay tres tipos de audiencias de acuerdo a su ubicación:
    Real audiencia: ubicada en la ciudad capital del Virreinato.
    Subordinadas: ubicadas en algunas de las ciudades más importantes del área virreinal, para agilizar las tramitaciones de los residentes.
    Pretoriales: establecidas en las Capitanías generales e igual que las subordinadas, bajo la autoridad de la real Audiencia.
    Sus funcionarios son los oidores, de profesión abogados o escribanos.

    F. Judicial: tribunales en primera instancia para distintos casos contenciosos, cuyas sentencias se podían apelar en el Consejo de Indias.
    F. Político-administrativa: en caso de viaje, muerte o enfermedad del Virrey el presidente lo suplía interinamente.
    F. Jurídico-administrativa: controlaban la moral de los funcionarios.

    6. Real Consulado: organismo establecido en puertos habilitados por la Corona para el comercio ultramarino, de carácter colegiado y de composición mixta, puesto que a los tres funcionarios coloniales asalariados- presidente, secretario y tesorero, designados por la realeza- se le sumaban los subagentes monopolistas residentes en las inmediaciones del puerto o de la ciudad puerto en cuestión.

    F. Económica: fomento de la agricultura, la industria y el comercio, aunque en la realidad en base a los intereses metropolitanos se dedicaban a estimular las actividades mercantiles.
    F. Judicial: funcionaba en carácter de tribunal en primera instancia para pleitos entre los mismos agentes monopolistas residentes en la ciudad puerto o en la inmediaciones del puerto habilitado en cuestión.
    F. Económico-Administrativa: los funcionarios coloniales asalariados pertenecientes a dicha institución, específicamente el presidente y el secretario, debían elaborara proyectos destinados al estímulo del desarrollo económico de la específica colonia en materia agrícola, industrial y comercial que, previamente a su puesta en marcha requerían de la aprobación de la Corona.

    7. Aduanas: instituciones habilitadas única y exclusivamente en los puertos autorizados por la corona para el comercio ultramarino a fin de cumplimentar los objetivos:
    1. Controlar el cumplimento del monopolio comercial.
    2. Recepcionar los dos impuestos que en América debían pagar los grandes comerciantes monopolistas, es decir, el almojarifazgo y la alcabala (de gran importancia, dado que la recaudación era utilizada ya fuera por el Virrey o por el Capitán General del área, a fin de contribuir en el pago de los funcionarios coloniales asalariados).

    Resultantes del análisis global de la estructura sociopolítica hispánica para América:

    En primer lugar, se trata de una estructura altamente compleja tanto por la cantidad de instituciones como de funcionarios, precisamente procreada por la Corona con el dual objetivo de descentralizar el poder de los funcionarios y a la vez centralizar el poder real. En segundo lugar, resulta altamente costosa a nivel global de los salarios, aunque individualmente estos no eran muy altos (si bien se registraban diferencias entre lo que percibía un Virrey y un oidor de la Audiencia, por ejemplo). Por tan, los funcionarios eran proclives a aceptar sobornos para incrementar sus ingresos, por ejemplo de los contrabandistas ingleses, aprovechando la larga distancia que separa a América de España. Por lo tanto, esta estructura sociopolítica no fue la verdadera clave de mantenimiento del emporio colonial por casi cuatrocientos años.

    Situación de los indígenas:

    a) Jurídicamente esclavos desde el inicio de la conquista y colonización hasta la década del '40 del s. XVI.
    b) Considerados Jurídicamente libres, a partir de 1547 a través de las Leyes Nuevas emitidas por Carlos I, aunque considerados menores de edad y bajo la autoridad del blanco.

    Los tres sistemas de sujeción obligatoria son:

    1. Naboría: Antillas. Culturas primitivas.
    2. Yanaconazgo: América Continental. Altas culturas.

    Características comunes: Los indígenas deben realizar trabajos domésticos para el amo blanco con carácter vitalicio y hereditario, recibiendo a cambio casa y comida más evangelización.

    3. Encomienda:

    a) Encomendero: Obligaciones:

    a) Entrega de una parcela de tierra a cada encomendado para la construcción de una vivienda para el grupo familiar y también para la agricultura de subsistencia.
    b) Pagarle una moneda de oro o plata mensual por los servicios o trabajos prestados.
    c) La evangelización que incluye el aprendizaje rudimentario de la lecto-escritura.
    d) Otorgar el día domingo como día de descanso.
    e) El reaseguro de cuarenta días de descanso a los encomendados después de cinco meses de trabajo.
    f) Brindar un buen tratamiento a los encomendados.
    g) Facilitar algunos de sus encomendados al curaca para la mita.

    b) Encomendado: Obligaciones:

    a) Brindar servicio en la agricultura, en la ganadería y elaboración de artículos artesanales.
    b) El pago del tributo real en especie.
    c) Entregar al encomendero un diezmo, es decir la décima parte de su ingreso anual para mantener los gastos del culto.
    d) Prestar servicio militar al encomendero ante una posible invasión que pusiera en peligro la integridad territorial.

    Por otra parte, los indígenas de altas culturas estaban sujetos a una prestación obligatorias: la mita o sistema mitayo, procreado por los incas y luego adaptado por los españoles que le introdujeron modificaciones para una mayor explotación de la mano de obra (los indígenas de altas culturas encomendados). Este sistema también supone la coexistencia de dos sectores:

    a) Rentistas mineros: Obligaciones:

    a) Brindar alojamiento y alimento a los mitayos.
    b) Darles una retribución consistente en una moneda de oro o plata el sábado en la plaza del centro minero. Era controlado por los funcionarios asalariados enviados por el Virrey.


    b) Mitayos: Obligaciones:

    a) Extraer el metal del yacimiento minero desde el amanecer hasta el atardecer con una interrupción al mediodía para consumir alimentos. En un principio, esta prestación duraba un año y estaban insertos en ella únicamente los indígenas de sexo masculino a partir de los 18 años. Luego, posteriormente ante la gran mortandad provocada por la insuficiente alimentación, el exceso de trabajo y la emanación de los gases sulfúricos de las minas, la prestación se extendió a dos años, ampliándose a mujeres, incluso embarazadas, ancianos y niños.
    b) Confeccionar y mantener en buen estado el rudimentario herramental de extracción de los metales preciosos.




    Economía:

    I. El pacto colonial.
    Acuerdo de intereses entre la corona, los rentistas mineros, los encomenderos y los monopolistas gaditanos a fin de asegurarse beneficios con la explotación de los recursos naturales y la mano de obra indígena de alta cultura americanos.



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