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EL ABORTO UN FENÓMENO SOCIO-JURÍDICO.
Walter Alfredo Raña Arana
GLOSARIO
Fenómeno.- (Del lat. phaenomĕnon, y este del gr. φαινόμενον). m. Toda manifestación que se hace presente a la consciencia de un sujeto y aparece como objeto de su percepción. || 2. Cosa extraordinaria y sorprendente. || 3. coloq. Persona o animal monstruoso. || 4. coloq. Persona sobresaliente en su línea. || 5.Fil. En la filosofía de Immanuel Kant, lo que es objeto de la experiencia sensible. || 6. adj. coloq. Muy bueno, magnífico, sensacional.
Social.- (Del lat. sociālis). adj. Perteneciente o relativo a la sociedad. || 2. Perteneciente o relativo a una compañía o sociedad, o a los socios o compañeros, aliados o confederados. □ V. asistente ~, beneficiario de la seguridad ~, caculo ~, capital ~, ciencias ~es, clase ~, domicilio ~, gasto ~, insecto ~, obra ~, persona ~, presión ~, prestación ~, razón ~, salario ~, seguridad ~
Sociedad.- (Del lat. sociĕtas, -ātis). f. Reunión mayor o menor de personas, familias, pueblos o naciones. || 2. Agrupación natural o pactada de personas, que constituyen unidad distinta de cada uno de sus individuos.
Aborto.- (Del lat. abortus). m. Acción de abortar. || 2. Interrupción del embarazo por causas naturales o deliberadamente provocadas. Puede constituir eventualmente un delito. || 3. Ser o cosa abortada. || 4. Engendro, monstruo.
Delito.- (De delicto). m. Culpa, quebrantamiento de la ley. || 2. Acción o cosa reprobable. Comer tanto es un delito. Es un delito gastar tanto en un traje. || 3.Der. Acción u omisión voluntaria o imprudente penada por la ley. || ~ común. m.Der. El que no es político. || ~ de lesa majestad. m.Der. En derecho antiguo, el que se cometía contra la vida del soberano o sus familiares. || ~ de sangre. m.Der. El que causa lesión corporal grave o muerte.
Voluntad.-Potencia o facultad del que lleva a obrar o a abstenerse. Acto de admitir o repeler algo. Aceptación. Rechazamiento.
INTRODUCCIÓN.- La reproducción humana es un proceso biosocial, pues si bien el mecanismo fisiológico reproductor es una obra de la naturaleza y se subordina a ella, la existencia social del hombre la condiciona y su regulación es, ante todo, resultado de determinados procesos y normas socioculturales existente en el marco de una formación socioeconómica dada.
La práctica del aborto es tan antigua como la organización social de los seres humanos y esta dependencia se da a través de múltiples factores psicológicos, culturales y sociales, incluidos los puntos de vista religiosos, las tradiciones y la reacción psicológica a la coyuntura económica y política. El aborto provocado es, probablemente, el método más antiguo y polémico de regulación de la fecundidad. No existe otro procedimiento quirúrgico electivo que haya sido tan debatido, haya generado tanta controversia emocional y ética, y haya recibido tanta y tan constante atención pública a través del tiempo. La dinámica de la fecundidad y la maternidad dependen en última Instancia del grado de desarrollo de las fuerzas productivas más en el caso de su regulación, esta dependencia se da a través de múltiples factores psicológicos, culturales, jurídicos y sociales incluidos los punta de vistas religiosos, las tradiciones, la reacción psicológica a la coyuntura económica y política, etc.
DEFINICION.- Es la muerte de un niño o niña en el vientre de su madre producida durante cualquier momento de la etapa que va desde la fecundación (unión del óvulo con el espermatozoide) hasta el momento previo al nacimiento.
Garraud, dice: "El aborto es la expulsión prematura violentamente provocada, del producto de la concepción. Tardieu, en la definición que se ha hecho clásica, expresa: "El aborto es la expulsión prematura, violentamente provocada, del producto de la concepción, independiente de todas sus circunstancias de edad, de viabilidad y aun de forma regular. Estas definiciones son incompletas, porque no prevén la muerte del feto dentro del claustro materno.
Los defensores del aborto han procurado cubrir su naturaleza criminal mediante terminología confusa o evasiva, ocultando el asesinato con jerga como "interrupción voluntaria del embarazo" o bajo conceptos como "derecho a decidir" o "derecho a la salud reproductiva". Ninguno de estos artificios del lenguaje, sin embargo, pueden ocultar el hecho de que el aborto es muerte.
ANTECEDENTES.- La evolución histórica radica en que ayuda a comprender y valorar la conducta de los hombres, que no siempre fue juzgada de igual manera.
Pueblos primitivos.-Las costumbres de los pueblos bárbaros estaban impregnados de un sentimiento religioso, con exclusión de todo lo racional.
De esta manera, la ofrenda al dios de una vida infantil reemplazó al verdadero y sagrado instinto de la maternidad.
Grecia.-Con los griegos comienza históricamente la primera selección racial, con el fin de lograr los hombres mejores dotados y aptos para la guerra. No era delito arrojar lisiados o deformes al abismo del monte Taigeto.
Grecia no consideró persona ni siquiera al recién nacido; por lo que podían suprimir la vida del que no respondía al principio selectivo de raza que pretendía.
Roma.-Castigaba como parricidio la muerte del hijo por la madre (Lex Pompeia de Parricidio) distinta era la situación del padre, cuya conducta era impune.
En el derecho antiguo romano, se consideró, que el feto formaba parte de las vísceras de la madre, y se declaró impune el aborto cuando era provocado por ella misma, ó por un tercero con el válido consentimiento de ella.
En época del Imperio, bajo Séptimo Severo y Antonio Caracalla, fue sancionado ya que constituía un derecho a la paternidad, que privaba de descendencia al padre.
Cristianismo.-Introducen un nuevo fundamento filosófico: respeto a la dignidad humana. La vida que Dios ha dado, el hombre no la puede suprimir.
Edad Media .-Durante la Edad media y hasta el advenimiento de las ideas liberales del siglo XVII, el delito fue sancionado con toda severidad.
Aborto en el mundo actual.-El aborto ha sido y es en el mundo actual uno de los métodos más ampliamente aplicados para regular la fecundidad, en especial, en los países más subdesarrollados. Los más de 40 millones de abortos que se realizan anualmente en el orbe, dan prueba fehaciente de esto, y mientras la polémica mundial acerca de su irrestricta aceptación continúa, también se perpetúa su práctica, informándose actualmente una tasa mundial de 40 a 70 por cada 1 000 mujeres en edad fértil y de 200 a 460 abortos por cada 1 000 nacidos vivos.
Cada minuto 380 mujeres quedan embarazadas en el mundo y de ellas 40 se someten a un aborto en condiciones insalubres, mientras que anualmente mueren en el todo el orbe 600 000 mujeres como resultado directo de la interrupción de un embarazo, el 99 % en países en vía de desarrollo. La Organización Mundial de la Salud (OMS) refiere que cerca de la mitad de los abortos inducidos que se realizan cada año, son inseguros, y que en Latinoamérica y el Caribe existe más de un aborto inseguro por cada tres nacidos vivos. En muchos países, los desafíos enfrentados al decidir la mujer realizarse un aborto son enormes, se recurre con frecuencia al recurso ilegal y se sufren complicaciones; por otro lado, el acceso a servicios de salud que garanticen la realización correcta de este proceder, es difícil y arriesgado, lo que puede favorecer que se produzcan resultados fatales.
CAUSAS .- Para tratar el tema del aborto es importante conocer los antecedentes y los contextos por lo que las mujeres son inducidas a practicarse el aborto cuando se encuentran embarazadas, por lo que es importante identificar las causas del embarazo no deseado y no planificado, que al final son los embarazos que terminan en una práctica de aborto.
Entre las causas fundamentales que podemos identificar del fenómeno, esta, la falta de información sobre la sexualidad por parte de los padres, ya que la información que reciben de los padres las mujeres adolescentes es muy mínima o nulo, ocasionando el desconocimiento de los riesgos de un embarazo precoz o no deseado, esto se debe en muchos casos a los tabús con los que se ha tratado el tema de la sexualidad en la familia.
Otro aspecto fundamental que podemos identificar es la falta de una política educativa en los centros educativos primarios y secundarios, ya que este tema se mantiene como un tabú sin ser tratado con toda la responsabilidad del caso.
La educación sexual por su naturaleza debe ser un tema primordial sin embargo el tema es tratado de manera superficial que no le aporta muchos conocimientos sobre referentes al cuidado promiscuidad de su cuerpo, es decir que la educación impartida en hasta la actualidad no se centran en lo fundamental, en lo real en lo fisiológico, anatómico y científico.
El aborto entre adolescentes es por un embarazo precoz que se origino por una deficiente o nula información del uso de los métodos anticonceptivos por parte de los padres o algunos médicos que piensan que al hablar de ello con el adolescente es inducirlo a iniciar una vida sexual activa.
Cuando esto sucede por lo general las mujeres adolescentes se encuentran con un grave problema sobre sus espaldas que en algunos caso terminan en suicidio o por salir de sus hogares por los prejuicios que la sociedad impone o por no querer que se enteren sus padres, o por que el padre del niño en gestación no asume su responsabilidad, esto genera un desequilibrio emocional hasta que llegan a tomar la decisión de practicarse en aborto el aborto en lugares clandestinos y en condiciones de insalubridad que ponen en riesgo su vida por ocultar el embarazo.
El aborto en mujeres mayores de edad se produce por cuestiones socio económicas, es decir cuando la familia ya tiene un número significativo de hijos y ven que no será posible sacar adelante a un nuevo miembro más del hogar, otro caso que se puede mencionar es el de las mujeres que han concebido por fuera del matrimonio, es decir que el embarazo es el producto de la infidelidad.
El aborto al convertirse en un problema social más que un problema de salud pública, el aborto hoy en día es tratado como un problema jurídico.
EMBRIÓN HUMANO.- Desde el punto de vista biológico, la formación y el desarrollo del embrión humano aparece como un proceso continuo, coordinado y gradual desde el momento de la fertilización, momento en el cual se constituye un nuevo organismo humano, dotado de la capacidad intrínseca de desarrollarse por sí mismo hasta llegar a ser un adulto. Las contribuciones más recientes de las ciencias biomédicas ofrecen adicionales y valiosas evidencias empíricas que demuestran la individualidad del embrión, así como la continuidad de su desarrollo
La exigencia ética de respetar y cuidar la vida e integridad del embrión, exigida a su vez por la presencia de un ser humano, encuentra su motivación en un concepto unitario del hombre "Corpore et anima unus", cuya dignidad personal debe ser reconocida desde el comienzo de su existencia física. Por lo tanto, el deber de respetar al embrión humano como persona humana se deriva de la realidad de los hechos y de la fuerza de la argumentación racional, y no exclusivamente de una postura de fe.
Desde el punto de vista jurídico, el meollo del debate en torno a la protección del embrión humano no consiste en la identificación de indicios tempranos o tardíos de "humanidad", sino en el reconocimiento de los derechos humanos fundamentales, en virtud de la presencia de un ser humano. Por encima de todo, el derecho a la vida y a la integridad física, desde el primer instante de la existencia, debe ser respetado, en virtud del principio de la igualdad.
PERSONAS POR NACER.-El profesor Alfonso Coca Echeverría, dice, que las personas son de dos clases: 1.- Individuales, naturales o físicas y 2.- Colectivas. La primera de ellas nos interesa para nuestro estudio y que la misma goza de igualdad civil, es decir de personalidad, sin distinción de nacionalidad, sexo, edad, raza, religión e ideas políticas o filosóficas, esta igualdad civil está consagrada en la Constitución Política del Estado en los arts. 13, 14, 15 y16.
Con respecto a la protección de la vida y los derechos del que esta por nacer expresa: La existencia de las personas individuales comienza desde el momento de su concepción. En consecuencia, la Ley resguarda a la persona con una doble finalidad: a).- Proteger la vida del que esta por nacer y b).- Proteger los derechos del que esta por nacer. Por esto a la persona concebida se le aplica el adagio: ”El concebido se tiene por nacido para todo lo que sea favorable” (arts. 663 I y II, 1008, 1235 del Código Civil y 201 del Código de Familia.).
Jurídicamente la existencia de la persona en Bolivia comienza en el momento de la concepción. Por lo tanto, concebida una persona, encontrándose en el claustro materno, es ya sujeto de derecho.
TIPOS DE ABORTO.- El aborto puede ser espontáneo o inducido. Los fetos expulsados con menos de 0,5 kg de peso o 20 semanas de gestación se consideran abortos.
Aborto espontaneo.- Se calcula que el 25% de todos los embarazos humanos finalizan en aborto espontáneo, y tres cuartas partes de los abortos suceden en los tres primeros meses de embarazo. Algunas mujeres tienen cierta predisposición a tener abortos, y con cada aborto sucesivo disminuyen las posibilidades de que el embarazo llegue a término.
Las causas del aborto espontáneo no se conocen con exactitud. En la mitad de los casos, hay alteración del desarrollo del embrión o del tejido placentario, que puede ser consecuencia de trastornos de las propias células germinales o de una alteración de la implantación del óvulo en desarrollo. También puede ser consecuencia de alteraciones en el entorno materno. Se sabe que algunas carencias vitamínicas graves pueden ser causa de abortos en animales de experimentación. Algunas mujeres que han tenido abortos repetidos padecen alteraciones hormonales. Otros abortos espontáneos pueden ser consecuencia de situaciones maternas anormales, como enfermedades infecciosas agudas, enfermedades sistémicas como la nefritis, diabetes o traumatismos graves. Las malformaciones y los tumores uterinos también pueden ser la causa; la ansiedad extrema y otras alteraciones psíquicas pueden contribuir a la expulsión prematura del feto.
Aborto Inducido.- El aborto inducido es la interrupción deliberada del embarazo mediante la extracción del feto de la cavidad uterina. En función del periodo de gestación en el que se realiza, se emplea una u otra de las cuatro intervenciones quirúrgicas siguientes: la succión o aspiración puede ser realizada durante el primer trimestre (hasta la duodécima semana). Mediante el uso de dilatadores sucesivos para conseguir el acceso a la cavidad uterina a través del cérvix (cuello del útero), se introduce un tubo flexible conectado a una bomba de vacío denominado cánula para extraer el contenido uterino. Puede realizarse en un periodo de tiempo que va de cinco a diez minutos en pacientes no internadas. A continuación se introduce una legra (instrumento metálico en forma de cuchara) para eliminar por raspado cualquier resto de las cubiertas uterinas. El método de aspiración, introducido en China en 1958, pronto sustituyó al método anterior de dilatación y legrado (en el que la legra se utilizaba para extraer el feto). Durante la primera parte del segundo trimestre la interrupción del embarazo se puede realizar por una técnica especial de legrado-aspiración combinada a veces con fórceps, denominada dilatación y evacuación (DE). La paciente debe permanecer ingresada en el hospital puesto que puede haber hemorragias y molestias tras la intervención. A partir de la semana 15 de gestación el método más empleado es el de infusiones salinas. En esta técnica se utiliza una aguja hipodérmica o un tubo fino para extraer una pequeña cantidad de líquido amniótico del útero a través de la pared abdominal. Este líquido es sustituido lentamente por una solución salina concentrada al 20%. Entre 24 y 48 horas empiezan a producirse contracciones uterinas, que producen la expulsión del feto y la paciente puede abandonar el hospital uno o dos días después. Los abortos tardíos se realizan mediante histerotomía: se trata de una intervención quirúrgica mayor, similar a la cesárea, pero realizada a través de una incisión de menor tamaño en la parte baja del abdomen.
RIESGOS.-El aborto es un proceder quirúrgico que tiene asociado una amplia gama de riesgos que van desde la muerte materna hasta procesos inflamatorios que pueden dejar ciertas secuelas como una esterilidad irreversible. Todas estas complicaciones son ampliamente discutidas en los textos de ginecología y es quizás el elemento teórico más socorrido en las campañas difusoras por el sistema de salud para evitar su práctica como vía de control de la planificación familiar.
A pesar de ser ampliamente divulgado el riesgo de complicaciones del aborto provocado cada día acuden a las consultas de planificación familiar un número creciente de mujeres que solicitan el aborto provocado, a veces hasta de forma sistemática, aún hasta cuando se aconsejan previamente en una consulta de riesgo preconcepcional acerca de los peligros de la práctica del aborto provocado. Quizás lo más importante a tratar en dichas consultas no es el hecho del riesgo clínico sino el enfoque y el abordaje del problema desde su propia base. Detrás de muchas decisiones se encuentran factores de índole social y jurídico.
POBLACIÓN Y SEXUALIDAD.- Las tensiones sociales y ansiedades personales que pueden desencadenar la práctica del aborto, no solo se deben a la vinculación con la muerte y la criminalidad, sino además con la sexualidad, en nuestro caso con la sexualidad adolescente conflictivamente ejercida y por momentos frustrante e insatisfactoria. En consecuencia debería considerarse el aborto como una patología de la sexualidad. La OMS entiende a la Salud Sexual como la “integración de los elementos somáticos, emocionales, intelectuales y comunicacionales del ser sexual por medios, que sean positivamente enriquecedores y potencien la personalidad, la comunicación y el amor”
El aborto obliga a replantear supuestos subyacentes en la sociedad no solo sobre sexualidad, sino además sobre educación, estructura familiar, economía, juridicidad y calidad de vida.
La base imprescindible de cualquier sociedad es su población. La problemática de la población durante siglos se redujo al orden familiar, dado a que todos los esfuerzos que se hicieron para obtener una descendencia se producían a ese nivel.
En la actualidad el Estado juega un importante papel en la regulación del aborto al disponer de recursos encaminados a modular el crecimiento poblacional en función de los intereses del propio Estado, a través, no solo de determinadas regulaciones legales, sino también hacia la participación social mediante planes demográficos bien estructurados que conllevan a tratar de mantener un crecimiento estable de la población.
Pero para lograr lo antes expuesto el Estado debe recurrir al eslabón fundamental de la sociedad, el hombre en su contexto no solo biológico sino social y jurídico.
LA SOCIOLOGÍA Y LA VIDA.- El sociólogo e investigador Casasbuenas, nos dice que para la Sociología, la vida es un concepto corporal y vivir sería, principalmente, moverse en un tiempo y un espacio singulares, y este ser-cuerpo conformaría la experiencia del humano, que en su relación con los demás construiría sus propias características. Por lo tanto, esta corporeidad, compuesta por conductas, símbolos y conceptos, es una construcción moldeada por el contexto en el que estos se producen. En cuanto a la conducta Le Bretón (2002) no considera la conducta humana como producto exclusivo de la genética, sino como producto de la sociedad también. Dice que cada sociedad debe emprender cuatro tareas: la reproducción de su población en su respectivo tiempo; la regulación de esos cuerpos en el espacio; la restricción del interior del cuerpo mediante disciplinas; y la representación del exterior del cuerpo en el espacio social, todo esto siguiendo el concepto de Turner (1996), y agrega que en el ser humano hay dos individuos: un ser individual que tiene su fundamento en el organismo y cuyo círculo de actividades está estrictamente limitado al tiempo y espacio en que nació, pero sobre todo al grupo al que pertenece, ese grupo visto como un ser social que representa la más alta realidad en el orden moral e intelectual, y que podemos conocer mediante la observación , a lo que Durkheim (1961) denomina :sociedad, por lo que "su otro individuo " es inminentemente su sociedad -dentro de él. En conclusión: la vida es el reflejo de lo que su sociedad moldea y produce. (Milly Fritz Reyes).
EL ABORTO COMO FENÓMENO SOCIAL Y LEGAL.-Limitar el análisis al fenómeno es amputar el objetivo de estudio de la realidad y los resultados suelen ser poco prometedores para el conocimiento.
El aborto es un fenómeno convertido en problema social por el pobre desarrollo material, intelectual y ético que la humanidad ha alcanzado hasta nuestros días para enfrentarlo, cuando este desarrollo sea alcanzado, el problema se resolverá dentro del marco de la normalidad, legalidad y moralidad.
La Polémica sobre el aborto se mantiene vigente a tal punto que en la Cumbre Mundial sobre Población celebrada en Egipto en 1994 no se llegó a tomar acuerdos por existir posiciones diametralmente opuestas, desde considerar el aborto como un asesinato hasta otorgarle a la embarazada el derecho a decidir a su libre albedrío.
Las posiciones de la Iglesia Católica acerca de la tecnología relacionada con el proceso de reproducción humana son bien conocidas por su invariabilidad secular, criterios que han reiterados en la XI Encíclica de Marzo de 1995.
NORMATIVA Y AXIOLOGÍA.- Debemos visualizar el fenómeno desde dos perspectivas de lo jurídico: la normativa y la axiológica.
Normativa.- El hombre depende de la sociedad para su desarrollo del mismo modo que ésta necesita del hombre para constituir la cultura. Estas dos dimensiones de lo social exigen a su vez un orden que facilite e impulse el logro de los fines sociales e individuales. Y ese orden se alcanza a través del derecho.
En Bolivia , ese orden está dado también por los pactos internacionales ratificados por nuestro país, en especial el de Convención Internacional de los Derechos Humanos, nos obliga a defender la vida humana desde el momento de la concepción.
Nuestro Código Penal, que lo prohíbe, separa claramente la figura de aborto de la del homicidio. Desde cualquier punto de vista, la figura jurídica del aborto se aleja de la del homicidio al igual que ningún código civil equipara personas nacidas y personas por nacer. Lo cual significaría una violación al principio Y al valor igualdad proclamado por el art. 8. II. de La Constitución Nacional.
Los fines existenciales a los que el hombre tienen son: conservación y generación de la vida, el perfeccionamiento y la participación en el bien común. Por lo tanto una ley dictada por el Congreso, que despenalice al aborto, estaría en contra de ese fin de conservación de la vida.
Axiológica.- Los valores están ordenados jerárquicamente, pero la tabla axiológica no es fija, sin embargo según ella somos juzgados con relación a las demás personas. Al enfrentarse dos valores, el hombre prefiere comúnmente al superior, aunque a veces elija al inferior por razones circunstanciales. En este caso tenemos de una lado, el bien vida (la del embrión) y por el otro tenemos la voluntad libre (el de la madre). Por nuestro derecho natural, aquel que conocemos a través de nuestra conciencia moral.
Sabemos que el derecho a la vida es un valor superior al de la libertad, porque sin vida no se puede ejercer ningún otro derecho.
El pluralismo ideológico y político, tienen sus consecuencias en el llamado "pluralismo moral". Pero estos pluralismos no pueden afectar los derechos fundamentales de los demás y sobre todo, los derechos de los más pequeños, débiles, pobres, los sin voz y los excluidos. De un modo particular no pueden atentar contra el derecho a la vida, dónde hay una sola moral: respetar la dignidad de la vida humana desde su concepción y hasta su muerte natural. Cuando en nombre del pluralismo moral, se aceptan posturas ideológicas que deciden quién puede vivir o quién debe morir.
LA SOCIOLOGÍA Y LA DESVIACIÓN.- El Derecho y la Sociología como estructuras sociales crean infraestructuras para la sociedad que las elabora, con la finalidad, en este caso, de proteger la posibilidad de vida; es exactamente hacia ese punto a donde debe dirigirse la conducta de los miembros del grupo; hacia allá se dirige la voluntad social, si alguien se desvía de ese camino, cometerá un ilícito. Si alguien NO PROTEGE la posibilidad de vida, delinque. La meta de la comunidad ante el delito de aborto es la protección a la posibilidad de vida.
Sociológicamente y jurídicamente, hay una conducta "desviada" del "sentimiento común”, del acuerdo regulado; pero esa desviación también tiene una perspectiva disímil por la diferencia de "sentimientos", que objetivamente son: intereses; y cambian según sea el lugar y la época. La desviación está sujeta al acuerdo del grupo social, y el grupo social quiere que se protejan los bienes jurídicos, especialmente los fundamentales como a la vida, la salud, etc.
ABORTO ILEGAL.-Resulta difícil encontrar información confiable sobre el alcance del aborto ilegal. La comisión LANE que examinó el funcionamiento de la Ley del Aborto en Gran Bretaña, estimó que alrededor del 30% de las mujeres a las cuales se les había negado el aborto en primera instancia acabaron por obtenerlo finalmente. A partir de un estudio de la experiencia americana de las mujeres a las cuales se les había negado el aborto se concluyó que entre un 10% y un 20% de ellas, más adelante obtuvieron un aborto en otra parte, posiblemente de forma ilegal.
La experiencia en Rumania y EE UU sugiere, que una restricción del aborto legal va seguida de un incremento en el aborto ilegal y con ellas las complicaciones. Este aborto todavía representa un importante riesgo para la salud y en algunos países latinoamericanos las complicaciones o consecuencias del mismo aún dan cuenta de hasta un tercio de las muertes maternas.
El aborto es un fenómeno convertido en problema social por el pobre desarrollo material, intelectual y ético que la humanidad ha alcanzado hasta nuestros días para enfrentarlo, cuando este desarrollo sea alcanzado, el problema se resolverá dentro del marco de la normalidad, legalidad , moralidad y dimensionalidad.
ABORTO SEGÚN EL CODIGO PENAL BOLIVIANO.- Nuestro compilado a la letra reza:
ARTICULO 263.- (ABORTO): El que causare la muerte de un feto en el seno materno o provocare su expulsión prematura, será sancionado:
1. Con privación de libertad de dos a seis años, si el aborto fuere practicado sin el consentimiento de la mujer o si ésta fuere menor de diez y seis años.
2. Con privación de libertad de uno a tres años, si fuere practicado con el consentimiento de la mujer.
3. Con reclusión de uno a tres años, a la mujer que hubiere prestado su consentimiento.
La tentativa de la mujer no es punible.
Benjamín Miguel Harb, sostiene que el artículo define al aborto como causar la muerte del feto en el seno materno o provocar su expulsión prematura. Es decir, para que haya aborto el feto debe tener vida, debe perderla o en seno materno o al ser expulsado antes de la terminación de la gestación. Si el feto ya está muerto no hay aborto o si muere después de separarse del cuerpo materno y antes de los tres días es infanticidio. Por lo tanto la ley supone la existencia de feto vivo, la muerte debe causarse antes de nacer.
LA NOCION DEL DELITO-En las diversas legislaciones presenta variantes: algunas definen o reglamentan la infracción, entendiendo por ella la maniobra abortiva (delito de aborto propiamente dicho), sin fijarse directamente en que dé o no por consecuencia la muerte del feto.
La única constitutiva material del delito es la muerte del producto durante la preñez. El fenómeno biológico de la preñez o gestación se inicia en el instante mismo de la concepción, por la fecundación que hace el espermatozoide del óvulo femenino, y termina con el nacimiento regular del producto o con su expulsión o destrucción prematura.
Pero si la muerte del producto es la única constitutiva material del delito, ella implica lógicamente los siguiente presupuestos necesarios:
1.- Embarazo o preñez de la mujer. La maniobra de pretensión abortiva practicada por error en mujer no preñada, constituye el delito imposible de aborto, sancionable como tentativa si se reúnen requisitos de esta. Si dichas maniobras alteran la salud o causan la muerte de la mujer, puede estarse en presencia de los delitos de lesiones u homicidio.
2.- Maniobra abortiva, en el amplio significado médico-legal de la frase, en otras palabras, la mecánica de realización del delito, que puede constituir en la extracción violenta y prematura del producto, su expulsión provocada o su destrucción en el seno de la madre. El aborto puede someterse por la ingestión de sustancias abortivas, tales como cornezuelo de centeno, ruda, sabina o ciertos venenos minerales que producen profundos trastornos en la fisiología materna; opor maniobras físicas, como dilatación del cuello de la matriz, sondeos, punción de las membranas del huevo o desprendimientos de las mismas, etc.
EL BIEN JURÍDICO PROTEGIDO.- El bien jurídico protegido por la incriminación del aborto es, la vida del feto o, lo que es igual, la esperanza de vida cierta e independiente de un ser humano. La generalidad de los códigos incluyen este delito, como lo hace el nuestro (boliviano-art 263.) entre los que atentan contra la vida de las personas. (Carrara).
CARÁCTER DELICTUOSO.-No puede sostenerse que la mujer sea el único juez capaz de decidir si debe abortar o no: en primer lugar porque la sociedad y el Estado tienen un derecho, emanado no de la mujer, sino de la propia naturaleza, que sería vulnerado si el aborto se permitiera como un hecho lícito, porque una vez producida la concepción, surgido el germen de la vida humana, la sociedad y el Estado, velando por su propia conservación, tienen pleno derecho a que sea respetado el principio de la vida. Por otra parte el aborto constituye no solo un atentado contra la vida del feto, sino que entraña un peligro para la salud y la subsistencia de la propia abortada (Cuello Calón).
EFECTOS PSICOSOCIALES.- Los efectos psicológicos y sociales del aborto deberán ser analizados y reflexionados a partir de las condiciones individuales y familiares que se genera éste.
Para la mayoría de las mujeres, es suficiente confirmar un embarazo no deseado para enfrentar una mezcla de sentimientos contradictorios, entre los cuales se encuentran la posibilidad del aborto; decisión difícil y dolorosa.
El caso de las mujeres adolescentes no es diferente pero, además queda condicionado a la reacción de la familia, a la situación económica de esta, sobre todo cuando la pareja elude la responsabilidad que le corresponde.
A este respecto hay que señalar la angustia que experimenta una adolescente que se descubre embarazada, cuando tiene que confiar su estado a una familia excesivamente rígida: los sentimientos de miedo y desesperación la llevan muchas veces a enfrentar sola esta experiencia.
El sentimiento de soledad y frustración embargada, tiene su origen en el deseo que experimenta por la maternidad a la que renuncia, y por no haber sido apoyada por su pareja, incluso por querer mantener apariencias de importancia social.
Para la mayoría de las mujeres la terminación de un embarazo no deseado es un alivio, sobre todo si se considera haber tomado la decisión correcta; sin embargo, este sentimiento de alivio puede mezclarse después con sentimientos de culpa, y resulta fácil, las cargas de culpa que soportan solas, ya que nuestra sociedad censura a la mujer que se embaraza pero no al hombre que la embarazó; de él no se habla en ningún foro donde se debate este tema a pesar de estar profundamente involucrado.
Para la mayoría de las mujeres, los beneficios emocionales del aborto son mayores que los riesgos psicológicos que comportan, desde luego dependiendo de las circunstancias particulares de cada caso.
No obstante, ninguna mujer desearía abortar ni en el peor de los casos, y quienes tienen que afrontar está difícil decisión quisieran no haber tenido que hacerlo.
El aborto presenta un problema social de grandes magnitudes, al poner de manifiesto las desigualdades sociales en las cuales se dan en nuestro país.
CONFLICTO DE INTERESES Y QUIEBRE SOCIAL.- Según Juan Bustos Ramírez, las protecciones del derecho penal no son absolutos y, por lo tanto, tienen que reconocer la existencia de conflictos, que en este caso (aborto), son sumamente agudos. Por una parte hay que descartar que, a pesar de la existencia de una rigurosa regulación del delito de aborto, la cifra de abortos clandestinos, es sumamente elevada y, sin embargo sumamente escasos los procesos por su práctica. Por lo cual las disposiciones sobre el delito de aborto aparecen como puramente ideológicas. Por otra parte, la gran cifra de abortos clandestinos no perseguidos lleva a la configuración de una gran red de gestión no médica que siempre produce graves consecuencias sobre la salud y la vida de la madre.
Lo expuesto acarrea un quiebre grave del tejido social, una esquizofrenia en las relaciones jurídico-sociales, porque hay que admitir la preponderancia de la posición de la mujer en el mentado conflicto, tanto porque ella es una persona, como porque la vida del embrión o feto esta dependiendo de su vida.
CONCLUSIONES:
1. Es imprescindible la necesidad de desarrollar una política donde se interrelacionen los aspectos éticos, sociales, psicológicos, médicos y jurídicos en los grupos de adolescentes para actuar y obtener un resultado que nos permitan disminuir los riesgos de morbilidad, desde un punto de vista de la prevención.
2. Existe un conocimiento inadecuado, sobre salud sexual y los modos de planificación familiar que hacen que el aborto provocado se incremente más sobre todo en las áreas urbanas ya que en las rurales su incidencia es menor o al menos poco conocida.
3. Debe Incrementarse la información a la mujer, sobre todo las eventos que acompañan al aborto provocado, tanto los clínicos como los éticos y legales.
4. Debe incrementarse el conocimiento en las mujeres sobre los aspectos éticos, legales del aborto y los riesgos que estos acarrean.
5.- La posición es mantener la penalización del aborto. Por considerar al embrión una persona, un ser autónomo y distinto a la madre. El cual tiene derecho a vivir; y ese derecho es superior a cualquier otro bien jurídico porque sin ese derecho no se puede ejercer ningún otro.
6.- No se debe ni siquiera pensar en legalizar la transgresión del principio ético fundamental y un fin existencial del hombre, el de conservación.
7.- El ignorar que la vida humana en formación es un valor que debe ser protegido, conduce a la degradación de la especie y afecta la dignidad del hombre.
8.- Somos una sociedad democrática y debemos respetar un núcleo de valores no negociables para poder convivir ya que los primordiales son la integridad y la conservación de especie humana.
9.- Bolivia hoy, cuenta con una nueva Constitución Política del Estado donde consta un plexo más amplio de derechos fundamentales y entre ellos a la vida y la integridad física, seamos celosos guardianes de la misma.
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