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CONTESTA DEMANDA. OPONE EXCEPCI ON DE PRESCRI PCI ON.
Señor Juez:
................................., por propio derecho, con domicilio real en
......................., constituyendo domicilio procesal en ................................., Zona de notificación: ___.., junto con mi letradopatrocinante,Dr.
.................................,T:_.F:__ del___..,CUIT: ______.,
Monotributista/ Responsable Inscripto, Dirección decorreo electrónico:
_______., TEL: _______.. en autos ............................................., a
V.S. me presento y respetuosamente digo:
I . OBJETO.
Que en legal tiempo y forma vengo a contestar el traslado de demanda por revocación de la donación efectuada a mi favor, y a interponer excepción procesal de prescripción de dicha acción, solicitando se rechace la demanda por improcedente, con ejemplar imposición de costas, conforme los fundamentos jurídicos y fácticos que paso a exponer.
En cumplimiento del requisito procesal previsto por el Art. 356 del CPCCN, vengo a reconocer expresamente los siguientes HECHOS invocados en la demanda:
1) que suscribí con el actor el instrumento público donde se efectuó la donación
2) que acepté dicha donación sin cargo.
3) que recibí del actor la carta-doc Nro .............. que acompaña como documental en la demanda.
Estos son los únicos hechos que expresamente reconozco, y a continuación realizaré la negativa del resto, conforme lo dispone el código citado. Por ello, expresamente niego:
1) Que el actor carezca de recursos como para afrontar sus gastos de subsistencia
2) Que el actor carezca de parientes obligados a prestarle alimentos
3) Que dichos parientes estén imposibilitados de prestarle alimentos
4) Que el suscripto tenga recursos económicos suficientes como para prestarle alimentos al actor.
En realidad, los hechos han transcurrido de otra manera, y ellos motivan la siguiente exposición de la verdad de los hechos ocurridos entre las partes.
El actor en su demanda ha omitido contar la verdad de los hechos tal como ocurrieron. Por ello, seguidamente relataré cómo ha sido la situación
económica y familiar de ambas partes a partir de la celebración de la donación sin cargo, objeto de esta litis.
Ante todo, debo aclarar que me une al actor una relación de muchos años, durante la cual el suscripto hizo_______. a favor del actor. Todo ello motivó que - pese a tener hermanos - el actor finalmente decidiera donarme, en agradecimiento, el inmueble en cuestión.
Unos años después de celebrada dicha donación, apareció en la vida del actor una persona que __________..y coincidentemente comenzaron los reclamos por alimentos hacia mi persona.
Cabe destacar que el actor es una persona activa y joven aún, con ingresos propios mensuales provenientes de________
A su vez, esta parte tiene conocimiento de que tiene ahorros depositados en un plazo fijo en el Banco_______.
Por último, posee dos hermanos con holgada situación económica pues son _______.., a quienes podría recurrir en caso de real necesidad de colaboración económica.
Por ello, sorprendió profundamente a mi mandante, la recepción de una intimación extrajudicial en tal sentido, que se reconoce expresamente, mediante la carta-doc N° _..de fecha___.., que se transcribe en la demanda.
Dicho requerimiento fue rechazado por carta-documento Nro_., el día__., que se adjunta, en los siguientes términos:
" En mi carácter de DONATARIO del inmueble sito en (calle, nro, piso, unidad funcional, entrecalles ) , oportunamente donado por Ud. sin cargo en instrumento público otorgado ante el escribano _____, titular del registro Nro____.., de fecha___..,
rechazo su carta-doc Nro. __.., de fecha ______, por improcedente, falsa y maliciosa. Su reclamo por alimentos resulta improcedente toda vez que posee recursos propios suficientes para afrontar sus gastos de subsistencia, provenientes de su trabajo como___.., en ______ y ahorros en el Banco___.. A su vez, conforme Art. 1862 Código Civil, Ud. deberá dirigir primero dicho reclamo, en el supuesto de real necesidad, a sus parientes con obligación alimentaria, los Sres___. Por todo ello, rechazo por improcedente su reclamo e intímole se abstenga de iniciar acciones legales en mi contra por revocación de donación por ingratitud, bajo apercibimiento de iniciar acción por daños y perjuicios. A los fines de las posteriores notificaciones constituyo domicilio en la calle__________.., sede del estudio jurídico de mi letrado (patrocinante/apoderado) Dr_________.., Tel: __________Dirección de correo electrónico: ___________.------Queda Ud. notificado. Buenos Aires, _.de
________. de ____. FDO: (nombre y apellido del donatario - Documento de
identidad)”
Por todo lo expuesto, a V.S. solicito se rechace por improcedente la presente demanda por revocación de donación y se impongan las costas al peticionante.
Respecto de la PRUEBA DOCUMENTAL aportada por el actor, RECONOZCO la carta-doc N° ______el día____. y el testimonio original
de la donación objeto de esta litis, pero desconozco la autenticidad del resto de la documental aportada.
La presente acción de revocación de donación se halla absolutamente prescripta por haber transcurrido holgadamente el plazo anual previsto en el Art. 4034 Código Civil.
Según nuestra jurisprudencia, dicha norma resulta aplicable al presente caso en que se intenta revocar por ingratitud una donación a partir de una negativa a pasar alimentos al donante, negativa que no es tal, pues - como se acreditará oportunamente - no corresponde que el demandado afronte dicha obligación.
Han dicho nuestros jueces:
" Aun cuando el Art. 4034 CCiv. establece textualmente el plazo de prescripción de un año sólo en la acción de injurias para pedir la revocación de un legado o donación, también debe aplicarse a los restantes supuestos de ingratitud.
Tribunal: C. Civ. y Com. Lomas de Zamora, sala 2 .Fecha: 12/ 09/ 2006 .Partes: C., E. v. L., N. Lexis N° 1/ 1014716 "
El Art. 4034 citado, dice textualmente:
" La acción de injuria hecha al difunto, para pedir la revocación de un legado o donación, se prescribe por un año, contado desde el día en que la injuria se hizo, o desde que llegó al conocimiento de los herederos.”
Como puede apreciarse en autos, el donante reclamó alimentos en el mes de ___ del año__..y recién inició la mediación previa en el mes de
_______del año_______. Finalmente interpuso la presente demanda en el mes de ___.. del año______
Entre este hecho y el reclamo fehaciente han transcurrido más de
___años, lo que torna manifiesta la prescripción operada de la acción de revocación.
Por todo ello, solicito que oportunamente se rechace la demanda haciendo lugar a la presente excepción de prescripción, con costas al actor.
Fundo el derecho que me asiste en los arts. 1862 y 4034 Código Civil y arts. 346 y concordantes del CPCCN.
A fin de acreditar los hechos expuestos en esta contestación y en la excepción procesal de prescripción, ofrezco la siguiente prueba:
DOCUMENTAL: carta-doc N° ___..y talón de recepción original, (otros para probar la suficiencia de recursos económicos del donante y la existencia de otros parientes con obligación alimentaria)
CONFESI ONAL: Si cite a absolver posiciones al actor a tenor del pliego que oportunamente se acompañará.
TESTI MONI AL: Se cite a las siguientes personas a deponer como testigos, a tenor del interrogatorio que oportunamente se acompañará:
a) (nombre, apellido, domicilio y profesión)
b) (nombre, apellido, domicilio y profesión)
c) (nombre, apellido, domicilio y profesión)
En cumplimiento del requisito procesal previsto en el Art. 333 del CPCCN, se deja constancia que los testigos depondrán sobre los siguientes hechos: (mencionar en términos generales los hechos a que harán referencia, que serán especialmente los relatados en el capítulo LA VERDAD DE LOS HECHOS)
I NFORMATI VA: En forma subsidiaria, para el supuesto de desconocimiento por parte de la contraria del intercambio telegráfico, solicito se libre oficio a Correo Argentino S.A. a fin de que informe sobre la autenticidad de la pieza que se adjunta, así como los datos de remisión y recepción de la misma por el actor.
PERI CI AL CALI GRAFI CA: En forma subsidiaria, para el supuesto de desconocimiento por parte de la contraria de la pertenencia a su puño y letra de la firma que se le atribuye en la documental agregada, solicito se designe perito calígrafo único de oficio para que dictamine sobre la pertenencia de las firmas que se le atribuyen al actor en la mencionada documental, previo cotejo con cuerpo de escritura y firmas indubitables que oportunamente se denunciarán.
PERI CI AL CONTABLE: Se designe perito contador único de oficio a fin de que examinando los libros contables de ____________ dictamine sobre los siguientes puntos de pericia: (En modelos aparte se desarrollarán listados de puntos de pericia más comunes, en las especialidades contable, psicológica e ingeniera mecánica) Se adjunta un juego de copias de los puntos de pericia para el experto.
Quedan autorizados a examinar el expediente, efectuar desgloses, retirar copias, oficios, exhortos, testimonios, diligenciar oficios, cédulas ley 22.172, mandamientos, así como realizar cualquier tipo de gestión, acto o diligencia que fueran necesarios, los Dres..............................,
y__________.y los Sres. D.N.I. ........................, y/ o
...................................., D.N.I. ..........................,en forma indistinta.
I X. PETI TORI O.
Por todo lo manifestado a V.S., solicito:
a) me tenga por presentado, por parte y por constituido el domicilio legal indicado; (Ver Art. 40 del CPCCN)
b) tenga por contestada la demanda y por opuesta la excepción procesal de prescripción en legal tiempo y forma y por ofrecida la prueba;
c) se tenga por agregada la prueba documental y se la reserve en Caja Fuerte por Secretaría, adjuntándose copia para el expediente; (Ver Arts. 1 a 6 de las normas complementarias del Reglamento para la Justicia Nacional-Acordada de la CSJN del 17/12/1952)
d) se corra traslado de la excepción de prescripción y de la documentación por el término y bajo apercibimiento de ley; (Ver Art. 358 del CPCCN)
e) oportunamente se dicte sentencia haciendo lugar a la excepción de prescripción y rechazando la demanda en todos sus términos, con expresa imposición de costas al accionante.
Provéase de conformidad, que SERA JUSTICIA
(Firma y sello del patrocinante) (Firma del particular)
(1) NOTA DE LA AUTORA: Para cumplir con la exigencia procesal del Art. 356 del CPCCN el demandado debe tomar cada hecho afirmado en la demanda y decidir si ha de negarlo o reconocerlo, sopesando detenidamente las consecuencias de tal reconocimiento. Cuando se reclaman alimentos deberá expedirse tanto sobre las supuestas necesidades del alimentado y su falta de recursos suficientes, como sobre la capacidad económica del alimentante. Siempre debe trabajarse con la demanda al lado, sin olvidarse referirse a ninguno de los hechos, con el riesgo de que dicha omisión sea considerada un reconocimiento tácito del hecho no mencionado. Peor aún, una contestación evasiva y poco concreta, o una simple negativa general de todos los hechos, también serán consideradas por el juez como un reconocimiento tácito de los dichos del actor, con el fatal resultado para la suerte del litigio.
(2) NOTA DE LA AUTORA: EL desconocimiento que el demandado realice respecto de la prueba documental aportada por el actor, obligará a éste a producir prueba supletoria - informativa y pericial, por Ej., para acreditar su autenticidad. Ver Art. 356, inc. 1, del CPCCN. Si el demandado no reconviene ni aporta documental, no se dará traslado al actor de su escrito de contestación, por lo que el actor debe ofrecer prueba supletoria para acreditar la autenticidad de su documental en la demanda misma.
(3) NOTA DE LA AUTORA: Cabe destacar que existe jurisprudencia contradictoria en esta materia y sólo se ha citado la favorable a la prescripción anual. El lector deberá consultar otros fallos.
(4) NOTA DE LA AUTORA: Se pueden citar y/o transcribir en este acápite fallos y notas de doctrina relacionados con esta litis, o incluirlos durante el relato de la verdad de los HECHOS, en el capítulo respectivo.
(5) NOTA DE LA AUTORA: Cabe recordar que sobre el demandado pesa la carga de probar todos los hechos invocados por éste, así como su negativa respecto de los hechos invocados por el actor obligará a éste a producir prueba para acreditarlos. Ver Art. 333 del CPCCN.)
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