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MANDAMIENTO DE INTIMACI ON DE PAGO, EMBARGO Y CI TACI ON DE REMATE. (1)
El Oficial de Justicia de la zona que corresponda se constituirá en el domicilio del Sr. _________________________________, sito en la calle _________________________________, y le
intimará que dé y pague la suma de $______________..... (Pesos _______.....) en
concepto de capital, con más la de $______________..... (Pesos _______.....) presupuestada provisoriamente para atender intereses y costas, en los autos
«_____________________... c/ __________________________. s/ Ejecutivo» (Expte. Nro______)
que tramitan por ante el Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial n° .....__, a cargo del Dr. _________________________________, Secretaría n° _______...__, a cargo
del suscrito, sito en ____________________________________________________- En defecto de pago procederá a trabar embargo sobre los bienes que le denuncie el Dr.
________________________________________.... y/ o la persona que éste designe, hasta cubrir las sumas mencionadas. En el mismo acto se le hará saber que queda citado para oponer excepciones en el plazo de cinco días, bajo apercibimiento de mandarse llevar adelante la ejecución por el capital reclamado, intereses y costas (Arts. 542 y 544, CPCCN). ---------------------------------------------------------------------
El Oficial de Justicia requerirá al propietario de los bienes para que manifieste si se hallan embargados o afectados por prenda u otro gravamen y, en su caso, por orden de qué juez, y en qué expediente, y el nombre y domicilio de los acreedores, bajo apercibimiento de lo dispuesto en las leyes sobre la materia. Si el dueño de los bienes no estuviere presente, en la misma diligencia se le notificará que debe formular esta manifestación dentro del plazo para oponer excepciones (Art. 531, I nc. 3, CPCCN). También le hará saber al embargado que deberá abstenerse de cualquier acto, respecto de los bienes objeto de la medida, que pudiere causar la disminución de la garantía del crédito, bajo apercibimiento de las sanciones penales que correspondieren (Art. 214, Ap. 2, CPCCN). La intimación de pago importará el requerimiento para que el deudor, dentro del plazo para oponer excepciones, constituya domicilio dentro del radio del juzgado, bajo apercibimiento de darle por notificadas automáticamente las sucesivas providencias (Art. 542, 41 y 133, CPCCN). -----------------------------
El auto que ordena la medida dice: «Buenos Aires, _________________________________..
______________________________________________________________________________. Fdo.: ______________.... Juez».
El oficial de justicia está facultado para allanar domicilios y requerir el auxilio de la fuerza pública en caso necesario.------------------------------------------------------ Se hallan autorizados para correr con el diligenciamiento del presente y denunciar bienes a embargo los Dres. _________________________________ y/ o _______..
_____________________... y/ o la persona que éstos designen.---------------------------------- Se acompañan copias de: poder, demanda y documentación en diez fojas útiles.------------------------------------------------------------------------------------------
Dado, sellado y firmado en la sala de mi público despacho, en Buenos Aires, a los _______..... días del mes de _______..... de _______.....
(Firma y sello del secretario)
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